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“BCR pierde cautelar ante Sugeval”

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El Tribunal Contencioso Administrativo rechazó la medida cautelar solicitada por el Banco de Costa Rica (BCR) y su subsidiaria BCR SAFI. Con esta resolución, se mantiene en firme la orden de la Superintendencia General de Valores (Sugeval) para trasladar 70 millones de dólares al fondo inmobiliario afectado por la compra del Parque Empresarial del Pacífico (PEP) en el 2020.

La medida no resuelve el fondo del caso, pero sí confirma que la orden administrativa sigue vigente y debe ejecutarse.


Un caso que inició en 2020 y que explotó años después

En 2020, BCR SAFI compró la propiedad PEP por 70 millones de dólares, a nombre de los inversionistas del fondo. Años más tarde, una valoración determinó que su precio real rondaba los 34,7 millones. Esto generó una denuncia penal por presunto sobreprecio y abrió un proceso administrativo por parte de Sugeval.

Tanto Sugeval como Conassif consideran que ya existe un daño materializado para los inversionistas, pues el fondo pagó un valor que no corresponde con el activo adquirido.


Lo que Sugeval ordenó

Para proteger el fondo, Sugeval instruyó al BCR y a BCR SAFI a trasladar al fondo la misma suma que se pagó en la compra original.
Ese monto compensaría la diferencia entre el valor real del inmueble y el precio pagado.

Conassif ratificó la orden y dejó sin efecto la apelación del BCR, agotando así la vía administrativa.


Por qué el Tribunal negó la medida cautelar

El Tribunal consideró que la orden de Sugeval no genera un daño mayor al BCR, sino que busca evitar un perjuicio adicional a los inversionistas.
La medida cautelar buscaba suspender temporalmente la obligación, pero el juez determinó que:

  • ya existe un daño acreditado por la compra del 2020,
  • la supervisión financiera actuó dentro de sus competencias,
  • el traslado de fondos responde a un principio de protección al inversionista.

Por eso la petición cautelar fue rechazada.


Qué significa realmente para el BCR y para los inversionistas

La resolución no implica una condena final, pero sí obliga al banco a cumplir la orden mientras continúa el proceso judicial.

Para los inversionistas:

  • refuerza la protección de sus aportes,
  • estabiliza el valor del fondo,
  • mitiga el impacto del sobreprecio investigado.

Para el BCR:

  • aumenta la presión para asumir el traslado de recursos,
  • no define responsabilidades penales ni administrativas,
  • mantiene abierto el proceso legal de fondo.

Un caso que expone debilidades del sistema de fondos de inversión

Más allá del caso puntual, lo ocurrido revela un problema estructural:

  • falta de controles en compras de alto valor,
  • riesgos de conflicto de interés,
  • necesidad de reforzar la supervisión inmobiliaria.

Este no es un caso aislado y no involucra al gobierno de turno.
La compra se realizó en 2020 y los efectos se arrastraron hasta ahora debido a investigaciones, apelaciones y procesos internos.


Qué queda pendiente

El Tribunal debe analizar el fondo del asunto.
Mientras tanto, la resolución confirma un mensaje claro:
las autoridades financieras priorizarán la protección del inversionista sobre las objeciones de las entidades administradoras.