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Cambios en factura electrónica para contribuyentes.

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A partir de junio de 2025, los contribuyentes en Costa Rica deberán adaptarse a la nueva versión 4.4 de la factura electrónica del Ministerio de Hacienda, lo que traerá importantes modificaciones para los procesos tributarios. El Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, a través de su presidenta Dunia Zamora, ha instado a los contribuyentes, informáticos y proveedores de servicios relacionados con comprobantes electrónicos a revisar las disposiciones técnicas para estar preparados.

Anticipación en la implementación

El cambio más relevante es que, a partir del 1° de abril de 2025, los contribuyentes podrán implementar la nueva versión de forma anticipada, lo que permitirá una transición más suave. El Colegio de Contadores recomendó que las empresas coordinen con sus proveedores de servicios de facturación y sus contadores públicos autorizados para garantizar una integración adecuada.

Principales cambios en la nueva versión 4.4

La versión 4.4 de la factura electrónica incluye varios cambios que afectarán los detalles de los comprobantes electrónicos. Entre las modificaciones más destacadas están:

  1. Proveedor de sistemas: Se agrega un campo para identificar los sistemas de emisión de comprobantes electrónicos, los cuales deben estar registrados ante la Administración Tributaria.
  2. Recibo electrónico de pago: Ahora se incluirá un nuevo campo para registrar pagos a crédito, especialmente en transacciones con el Estado y ventas de crédito del IVA hasta 90 días.
  3. Identificación del emisor: Se incluirán nuevos tipos de identificación del emisor en las facturas electrónicas, como “Extranjero No Domiciliado” y “No Contribuyente”.
  4. Nuevas condiciones de venta: Se añadirán nuevas opciones, como “Venta de Mercancía No Nacionalizada”.
  5. Nuevos medios de pago: Además del Sinpe Móvil, se integrará la Plataforma Digital como una opción válida para realizar pagos.
  6. Ajustes en tarifas de IVA: Se han realizado modificaciones en los códigos de tarifas de IVA, como el código 11, que aplicará a bienes o servicios no sujetos a IVA, pero que no otorgan derecho a crédito fiscal.
  7. Código CAByS: Para las notas de crédito y débito vinculadas a comprobantes electrónicos, será obligatorio el uso del código CAByS.
  8. Unidades de medida nuevas: Se incluirán nuevas unidades de medida, como el “Activo Virtual” (Acv) y la “Fanega de café” (Fa).
  9. Tipo de transacción: Se incluirá el campo “Tipo de Transacción”, útil para especificar tratamientos tributarios particulares en ciertos casos.

Recomendaciones para los contribuyentes

Zamora hizo un llamado a los contribuyentes para que se mantengan en constante comunicación con su contador y proveedor de servicios de facturación electrónica para garantizar que se adapten adecuadamente a los cambios. Además, instó a revisar las estructuras y anexos de la nueva versión 4.4 disponibles en la Autoridad Tributaria Virtual (ATV) para entender las implicaciones y evitar posibles sanciones.

Sanciones por incumplimiento

El Código de Normas y Procedimientos Tributarios establece sanciones por la falta de emisión de facturas electrónicas, así como por el incumplimiento de los requerimientos en el suministro de información. Las infracciones pueden conllevar desde multas hasta el cierre de negocios, lo que hace aún más crucial que los contribuyentes cumplan con las nuevas disposiciones.

Los cambios en la factura electrónica de Costa Rica reflejan un esfuerzo por modernizar y hacer más eficiente el sistema tributario del país. Es esencial que los contribuyentes tomen acción para cumplir con las nuevas disposiciones a tiempo, de lo contrario, podrían enfrentar sanciones significativas. El Colegio de Contadores Públicos sigue recomendando una planificación adecuada y un trabajo conjunto con los proveedores de servicios y los contadores para garantizar una transición exitosa hacia la nueva versión 4.4.

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