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	<title>Competencia Archives - MUNDO ACR</title>
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	<description>&#34;Noticias de Costa Rica y el mundo&#34;</description>
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		<title>Proyecto para abaratar fármacos recibe luz verde de la Sala IV.</title>
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		<pubDate>Sun, 02 Nov 2025 03:04:24 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Salud]]></category>
		<category><![CDATA[Abaratar medicamentos]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Sala Constitucional dio el aval al proyecto de ley que busca permitir la importación paralela de medicamentos, una medida con la que se pretende reducir los precios en el mercado costarricense y aumentar la competencia en el sector farmacéutico. El alto tribunal resolvió que la iniciativa no presenta vicios de inconstitucionalidad que impidan su...</p>
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<p>La Sala Constitucional dio el aval al proyecto de ley que busca permitir la importación paralela de medicamentos, una medida con la que se pretende reducir los precios en el mercado costarricense y aumentar la competencia en el sector farmacéutico.</p>



<p>El alto tribunal resolvió que la iniciativa no presenta vicios de inconstitucionalidad que impidan su avance en la Asamblea Legislativa. Con ello, los diputados podrán continuar con la discusión de una propuesta que desde hace meses ha generado debate entre laboratorios, farmacéuticos y consumidores.</p>



<h4 class="wp-block-heading">El corazón del proyecto</h4>



<p>La propuesta permite que empresas, farmacias o distribuidores puedan importar directamente medicamentos originales ya registrados en otros países, sin depender de un solo representante en Costa Rica. Según sus impulsores, esta apertura ayudaría a que los precios bajen hasta en un 40 %, al fomentar la libre competencia y eliminar monopolios en la distribución de ciertos productos.</p>



<p>Los sectores empresariales ligados a la salud han manifestado posiciones divididas. Mientras algunos defienden la medida como una forma de hacer más accesibles los tratamientos, otros advierten sobre la necesidad de mantener controles sanitarios rigurosos para evitar el ingreso de medicamentos falsificados o de dudosa procedencia.</p>



<h4 class="wp-block-heading">Argumentos de la Sala IV</h4>



<p>Los magistrados consideraron que el proyecto no violenta el principio de salud pública ni afecta la función del Ministerio de Salud como ente regulador. En su análisis, la Sala recordó que la importación paralela ya es una práctica común en varios países con normativas similares, y que la supervisión sanitaria sigue siendo obligatoria antes de autorizar cualquier comercialización local.</p>



<p>Además, el fallo aclara que la apertura de mercado no limita el derecho de las empresas a registrar sus productos, sino que amplía las opciones de adquisición en beneficio de los pacientes.</p>



<h4 class="wp-block-heading">Lo que viene</h4>



<p>Tras la luz verde constitucional, el texto deberá ser discutido nuevamente por los diputados en el plenario legislativo. Se espera que los próximos días sean clave para definir el futuro de la reforma y si realmente traerá alivio a los bolsillos de los costarricenses que dependen de tratamientos médicos continuos.</p>



<p>El proyecto marca un punto de inflexión en el debate sobre el acceso a medicamentos en Costa Rica. La decisión de la Sala IV despeja el camino legal, pero deja abierta la discusión económica y ética sobre cómo equilibrar precios justos, seguridad y calidad en un sistema de salud que enfrenta desafíos crecientes.</p>



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		<title>Proyecto para abaratar fármacos recibe luz verde de la Sala IV.</title>
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		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 29 Oct 2025 22:21:03 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Nacionales]]></category>
		<category><![CDATA[Asamblea Legislativa]]></category>
		<category><![CDATA[Competencia]]></category>
		<category><![CDATA[Costa Rica.]]></category>
		<category><![CDATA[María Marta Carballo]]></category>
		<category><![CDATA[Precio Medicamentos]]></category>
		<category><![CDATA[Sala Constitucional]]></category>
		<category><![CDATA[salud]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El proyecto de ley que tiene como objetivo reducir el costo de los medicamentos en Costa Rica recibió la aprobación de la Sala Constitucional. Los magistrados determinaron que la iniciativa, tramitada bajo el expediente 23.234, no presenta vicios de constitucionalidad, lo que permite su avance a segundo debate en la Asamblea Legislativa. El texto, originalmente...</p>
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<p>El proyecto de ley que tiene como objetivo reducir el costo de los medicamentos en Costa Rica <strong>recibió</strong> la aprobación de la <strong>Sala Constitucional</strong>. Los magistrados <strong>determinaron</strong> que la iniciativa, tramitada bajo el expediente <strong>23.234</strong>, <strong>no presenta</strong> vicios de constitucionalidad, lo que <strong>permite</strong> su avance a segundo debate en la Asamblea Legislativa.</p>



<p>El texto, originalmente llamado <strong>“Ley para la Apertura y Promoción de la Competencia en el Mercado de Medicamentos”</strong>, <strong>fue consultado</strong> ante la Sala Constitucional luego de haber recibido la votación en primer debate a inicios de setiembre.</p>



<p>La resolución <strong>se formalizó</strong> a través del <strong>voto 2025034575</strong>, en el cual la Sala <strong>indicó</strong> que <strong>no encontró</strong> problemas de fondo ni de procedimiento.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Mecanismos contra los precios elevados</h3>



<p>La impulsora del proyecto, la diputada <strong>María Marta Carballo</strong> (PUSC), <strong>afirmó</strong> que la resolución de la Sala IV <strong>representa</strong> una alternativa real para que los costarricenses <strong>puedan acceder</strong> a tratamientos médicos con precios justos.</p>



<p>La legisladora <strong>sostuvo</strong> que Costa Rica <strong>tiene</strong> los precios de medicamentos más altos de la región. Para ilustrar esta situación, Carballo <strong>citó</strong> que una presentación de <strong>omeprazol 20 mg</strong> (30 cápsulas), <strong>alcanza</strong> un costo de cerca de <strong>₡21.200</strong> en el país.</p>



<p>Según la comparación <strong>presentada</strong> por la diputada, el mismo fármaco <strong>cuesta</strong> aproximadamente <strong>₡2.650</strong> en Nicaragua y <strong>₡5.300</strong> en El Salvador.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Los instrumentos legales que impulsan la competencia</h3>



<p>El proyecto <strong>propone</strong> una serie de medidas <strong>diseñadas</strong> para la apertura del mercado y la promoción de la competencia:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Regulación del Precio de Entrada (Artículo 16):</strong> <strong>Establece</strong> un precio inicial <strong>basado</strong> en el valor terapéutico, la frecuencia de uso y los precios internacionales. Este precio debe ser <strong>evaluado</strong> por una autoridad técnica.</li>



<li><strong>Observatorio de Precios (Artículo 11):</strong> <strong>Creación</strong> de una herramienta pública <strong>destinada</strong> a permitir a los consumidores <strong>comparar</strong> precios entre farmacias.</li>



<li><strong>Importación Paralela (Artículo 4):</strong> <strong>Facilita</strong> el ingreso de medicamentos de forma masiva para <strong>romper</strong> monopolios.</li>



<li><strong>Aprobación Expedita de Registros (Artículo 3):</strong> <strong>Agiliza</strong> el ingreso de fármacos <strong>ya aprobados</strong> por agencias sanitarias internacionales de alto nivel.</li>



<li><strong>Veto a la Exclusividad (Artículo 10):</strong> <strong>Prohibición</strong> de que droguerías o importadoras <strong>condicionen</strong> a las farmacias con prácticas monopólicas.</li>
</ul>
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		<title>Clínica Bíblica busca comprar hospital privado en Liberia.</title>
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		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 15 Oct 2025 22:53:10 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Regionales]]></category>
		<category><![CDATA[Clínica Bíblica]]></category>
		<category><![CDATA[Competencia]]></category>
		<category><![CDATA[Coprocom]]></category>
		<category><![CDATA[Guanacaste]]></category>
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		<category><![CDATA[Liberia.]]></category>
		<category><![CDATA[Sector Salud]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Comisión para Promover la Competencia (Coprocom) puso bajo revisión una operación de concentración en el sector de la salud hospitalaria privada. El proceso involucra la intención de la Asociación de Servicios Médicos Costarricenses, entidad que opera como Clínica Bíblica, de adquirir activos esenciales del Centro Médico San Rafael Arcángel S.A., ubicado en Liberia. Coprocom...</p>
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<p>La <strong>Comisión para Promover la Competencia (Coprocom)</strong> <strong>puso bajo revisión</strong> una operación de concentración en el sector de la salud hospitalaria privada. El proceso <strong>involucra</strong> la intención de la <strong>Asociación de Servicios Médicos Costarricenses</strong>, entidad que opera como <strong>Clínica Bíblica</strong>, de <strong>adquirir</strong> activos esenciales del <strong>Centro Médico San Rafael Arcángel S.A.</strong>, ubicado en Liberia.</p>



<p>Coprocom <strong>recibió</strong> la notificación formal de la transacción el pasado 19 de septiembre de 2025. La Comisión <strong>indicó</strong> que la transacción <strong>consiste</strong> en la adquisición del grupo de activos que <strong>conforman</strong> la unidad operativa del <strong>Hospital San Rafael Arcángel de Liberia</strong>.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Motivo de la revisión y Ley de Competencia</h3>



<p>La Clínica Bíblica <strong>busca</strong> robustecer su presencia y oferta de servicios en la región de Guanacaste, zona que <strong>presenta</strong> un crecimiento demográfico y turístico. Este movimiento <strong>impactaría</strong> directamente el mercado de servicios de salud hospitalarios privados en la región.</p>



<p>La revisión <strong>se realiza</strong> bajo la Ley de Fortalecimiento de las Autoridades de Competencia (Ley N.° 9736) para <strong>garantizar</strong> la transparencia del proceso y <strong>analizar</strong> si la concentración de mercado <strong>podría generar</strong> efectos anticompetitivos o un monopolio en el área. El expediente <strong>fue registrado</strong> bajo el número 060-2025-CE.</p>



<p>Consultada sobre la operación, la Clínica Bíblica <strong>indicó</strong>, por correo electrónico, que por el momento <strong>no podía</strong> ofrecer más detalles, <strong>citando</strong> un acuerdo de confidencialidad.</p>



<p>El Centro Médico San Rafael Arcángel de Liberia <strong>fue fundado</strong> en 2006 por el ginecólogo-obstetra Walbin Sánchez, y en seis años <strong>desarrolló</strong> tres etapas de crecimiento hasta integrar salas de cirugía y atención 24/7.</p>
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		<title>Sutel evalúa sancionar a Liberty por posibles prácticas prohibidas.</title>
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		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 16 Jul 2025 19:13:48 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Sucesos]]></category>
		<category><![CDATA[Competencia]]></category>
		<category><![CDATA[Consumidor]]></category>
		<category><![CDATA[Costa Rica]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Sutel Inicia Estudio Preliminar por Supuestas Faltas de Liberty La Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel) está evaluando la posible apertura de un procedimiento sancionatorio contra Liberty Costa Rica. Este análisis se centra en supuestas prácticas prohibidas que la empresa habría cometido. La Dirección General de Mercados de la Sutel, el órgano regulador del sector de telecomunicaciones...</p>
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<h3 class="wp-block-heading">Sutel Inicia Estudio Preliminar por Supuestas Faltas de Liberty</h3>



<p>La <strong>Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel)</strong> está evaluando la posible apertura de un procedimiento sancionatorio contra <strong>Liberty Costa Rica</strong>. Este análisis se centra en supuestas <strong>prácticas prohibidas</strong> que la empresa habría cometido. La Dirección General de Mercados de la <strong>Sutel</strong>, el órgano regulador del sector de telecomunicaciones en Costa Rica, es la encargada de determinar la viabilidad de iniciar este proceso.</p>



<p>Actualmente, el proceso se encuentra en una etapa de valoración. Por esta razón, la <strong>Sutel</strong> no ha detallado cuáles son las presuntas faltas en las que <strong>Liberty</strong> habría incurrido. Por su parte, <strong>Liberty Costa Rica</strong> ha afirmado que opera en estricto apego al marco legal y regulatorio vigente, reconociendo la potestad de la Superintendencia para llevar a cabo estas revisiones.</p>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<h3 class="wp-block-heading">La Decisión del Consejo Directivo y el Próximo Paso</h3>



<p>El pasado 27 de junio, el Consejo Directivo de la <strong>Sutel</strong> revisó una recomendación para abrir un procedimiento sancionatorio contra <strong>Liberty</strong> por estas prácticas prohibidas. Tras el análisis, los directores decidieron trasladar el asunto a la Dirección General de Mercados. A esta dirección le corresponde ahora determinar si procede la apertura del procedimiento o si es necesario un paso preliminar.</p>



<p>La Dirección General de Mercados podría incluso optar por una investigación preliminar si se requiere mayor claridad sobre los hechos bajo estudio. Esta flexibilidad busca asegurar que cualquier acción se base en una comprensión completa de la situación.</p>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<h3 class="wp-block-heading">Liberty en el Mercado Costarricense y sus Antecedentes</h3>



<p>Al cierre de 2024, <strong>Liberty Costa Rica</strong> se consolidó como un actor dominante en el mercado de telecomunicaciones. La compañía acaparó el 40% del mercado móvil y el 25% del internet fijo, posicionándose como el principal operador local en ambos segmentos. En total, <strong>Liberty</strong> cuenta con más de 2,4 millones de suscriptores en estos dos servicios.</p>



<p>Curiosamente, la empresa también lidera el <strong>ranking de quejas o reclamaciones</strong> presentadas por los clientes ante la <strong>Sutel</strong>. A la par, <strong>Liberty</strong> ha acelerado sus inversiones en redes fijas de fibra óptica y en el despliegue de redes móviles de quinta generación (5G).</p>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<h3 class="wp-block-heading">Tipos de Prácticas Prohibidas y Posibles Sanciones</h3>



<p>La <strong>Ley General de Telecomunicaciones (N° 8642)</strong> establece cerca de treinta <strong>prácticas prohibidas</strong> para los operadores, clasificadas por su gravedad.</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Leves:</strong> Incluyen brindar información incompleta, retrasar su entrega, no notificar una concentración económica a tiempo o dificultar una inspección.</li>



<li><strong>Graves:</strong> Abordan el incumplimiento de normas técnicas, violación de derechos de usuarios, omisión de resolución de reclamaciones e incurrir en prácticas de competencia desleal.</li>



<li><strong>Muy Graves:</strong> Estas son las más serias. Contemplan operar sin concesión o autorización, usar bandas de frecuencia sin permiso, incumplir la contribución a <strong>Fonatel</strong>, usar información de usuarios sin autorización o violar la privacidad de las comunicaciones.</li>
</ul>



<p>Las <strong>sanciones</strong> varían según la gravedad de la falta. Pueden ir desde multas de cinco a treinta salarios base para infracciones leves, hasta un porcentaje de los ingresos brutos del operador para faltas graves (0,025% a 0,5%) o muy graves (0,5% a 1%). Para el 2024, <strong>Liberty</strong> reportó ingresos por $613 millones, según los estados financieros de Liberty Latin America.</p>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<h3 class="wp-block-heading">El Proceso y la Incertidumbre del Plazo</h3>



<p>La Dirección General de Mercados de <strong>Sutel</strong> deberá decidir si abre o no el procedimiento sancionatorio. De abrirse, se tramitará conforme a las disposiciones de la <strong>Ley N° 6227 (Ley General de la Administración Pública)</strong>. Si no se abre, el caso se da por concluido. Las posibles prácticas prohibidas específicas que se investigan &#8220;están en estudio&#8221;, según la entidad.</p>



<p>En cuanto al plazo, la Dirección General de Mercados indicó que &#8220;el tiempo dependerá de si se lleva a cabo o no la apertura de un procedimiento administrativo&#8221;. No hay una certeza definitiva sobre la apertura del proceso de sanción; todas las posibilidades permanecen abiertas.</p>



<p><strong>José Pablo Rivera</strong>, director de comunicaciones de <strong>Liberty</strong>, señaló: &#8220;La Superintendencia, en el marco de sus competencias y funciones, analiza ordinariamente casos de diversos operadores, para validar que todas las actuaciones en el mercado se den correctamente. Muchas veces, tal estudio confirma la inexistencia de irregularidad alguna. Confiamos que cualquier valoración se hará con objetividad y pleno respeto al debido proceso”.</p>
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