<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:wfw="http://wellformedweb.org/CommentAPI/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/"
	xmlns:slash="http://purl.org/rss/1.0/modules/slash/"
	>

<channel>
	<title>Debido Proceso Archives - MUNDO ACR</title>
	<atom:link href="https://mundoacr.com/tag/debido-proceso/feed/" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>https://mundoacr.com/tag/debido-proceso/</link>
	<description>&#34;Noticias de Costa Rica y el mundo&#34;</description>
	<lastBuildDate>Mon, 09 Feb 2026 01:52:08 +0000</lastBuildDate>
	<language>es-CR</language>
	<sy:updatePeriod>
	hourly	</sy:updatePeriod>
	<sy:updateFrequency>
	1	</sy:updateFrequency>
	<generator>https://wordpress.org/?v=6.9.4</generator>

<image>
	<url>https://mundoacr.com/wp-content/uploads/2024/12/cropped-287579618_576260747389363_8968031618687119081_n-2-32x32.jpg</url>
	<title>Debido Proceso Archives - MUNDO ACR</title>
	<link>https://mundoacr.com/tag/debido-proceso/</link>
	<width>32</width>
	<height>32</height>
</image> 
	<item>
		<title>Cuando informar choca con el proceso penal. VIDEO</title>
		<link>https://mundoacr.com/cuando-informar-choca-con-el-proceso-penal-video/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 09 Feb 2026 01:52:06 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Sucesos]]></category>
		<category><![CDATA[artículo 295 Código Procesal Penal]]></category>
		<category><![CDATA[debate jurídico]]></category>
		<category><![CDATA[Debido Proceso]]></category>
		<category><![CDATA[derecho a informar]]></category>
		<category><![CDATA[ética periodística]]></category>
		<category><![CDATA[Investigación Penal]]></category>
		<category><![CDATA[libertad de prensa]]></category>
		<category><![CDATA[periodismo en Costa Rica]]></category>
		<category><![CDATA[presunción de inocencia]]></category>
		<category><![CDATA[secreto procesal]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://mundoacr.com/?p=6258</guid>

					<description><![CDATA[<p>En Costa Rica, cada cierto tiempo reaparece una tensión conocida, pero nunca resuelta del todo:¿hasta dónde puede llegar la prensa cuando una investigación penal aún está en curso?.Esta semana, esa discusión volvió al centro del debate público luego de que el abogado penalista Álvaro Moreno Gómez anunciara la presentación de acciones penales relacionadas con publicaciones...</p>
<p>The post <a href="https://mundoacr.com/cuando-informar-choca-con-el-proceso-penal-video/">Cuando informar choca con el proceso penal. VIDEO</a> appeared first on <a href="https://mundoacr.com">MUNDO ACR</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p><strong>En Costa Rica, cada cierto tiempo reaparece una tensión conocida, pero nunca resuelta del todo:<br>¿hasta dónde puede llegar la prensa cuando una investigación penal aún está en curso?.</strong><br>Esta semana, esa discusión volvió al centro del debate público luego de que el abogado penalista Álvaro Moreno Gómez anunciara la presentación de acciones penales relacionadas con publicaciones realizadas por medios de comunicación sobre un caso que se encuentra en fase de investigación.</p>



<p><br>El señalamiento se fundamenta en el artículo 295 del Código Procesal Penal, que establece el carácter reservado de esa etapa del proceso. Más allá de los nombres propios, el episodio reactiva una pregunta de fondo que va mucho más allá de un caso específico. ¿Qué es el secreto procesal y por qué existe?.<br>La fase de investigación penal no es un juicio público. Es el momento en que el Ministerio Público reúne pruebas, contrasta versiones y decide si corresponde presentar o no una acusación formal.</p>



<p><br><strong>El secreto procesal existe por razones concretas:</strong> Proteger la investigación y evitar interferencias.<br>Resguardar los derechos de las personas involucradas, especialmente cuando aún no hay acusación.<br>Prevenir juicios paralelos en la opinión pública antes de que un tribunal se pronuncie.<br>No se trata de una figura creada para ocultar delitos, sino para ordenar el proceso penal.<br>Lo que dice el artículo 295, en términos simples El artículo 295 del Código Procesal Penal establece que la investigación es reservada para terceros ajenos al proceso.<br>En la práctica, esto significa que el expediente no es público mientras no exista una acusación formal.<br>La discusión jurídica suele centrarse en quiénes están obligados a guardar ese secreto: funcionarios, partes procesales y personas con acceso directo a la causa. Ese punto resulta clave cuando se habla de filtraciones y responsabilidades. </p>



<p><strong>Algo que suele confundirse.</strong><br>No todas las etapas del proceso penal tienen el mismo peso jurídico ni comunicacional: Denuncia: se informa un hecho a la autoridad. No implica culpabilidad. Imputación: una persona es investigada. Tampoco es una condena. Acusación: el fiscal decide llevar el caso a juicio. Aquí comienza la fase pública.<br>Publicar información en etapas tempranas puede tener efectos muy distintos a hacerlo cuando ya existe acusación formal.</p>



<p><br><strong>El riesgo de informar demasiado pronto</strong><br>La divulgación de detalles de investigaciones en curso puede generar consecuencias reales:<br>Afectar la presunción de inocencia. Presionar indebidamente a jueces y fiscales.<br>Provocar daños reputacionales que no siempre se reparan, incluso ante una absolución.<br>Es en ese punto donde algunos abogados consideran que se cruza una línea que merece revisión judicial.</p>



<p><br><strong>Y del otro lado, la libertad de prensa</strong><br>La prensa cumple una función esencial en democracia: informar sobre asuntos de interés público.<br>El conflicto aparece cuando ese derecho entra en tensión con garantías individuales y con reglas del proceso penal. Cuando estos casos llegan a tribunales, los jueces no analizan solo lo que se publicó, sino:<br>cómo se obtuvo la información, qué nivel de detalle se reveló, y si existía un interés público legítimo que justificara la difusión. No es una balanza sencilla.</p>



<p> <strong>¿Qué implica que este debate llegue a tribunales?</strong><br>Si una controversia como esta avanza judicialmente, no se resolverá con comunicados ni con consignas.<br>Serán los tribunales quienes determinen si hubo exceso, delito o ejercicio legítimo del derecho a informar. Cualquiera que sea el resultado, el fallo podría sentar precedentes relevantes tanto para periodistas como para operadores jurídicos.</p>



<p><br><strong>La pregunta de fondo</strong><br>Este caso no se agota en un abogado ni en determinados medios. Tampoco se resuelve tomando partido automático por una u otra posición. Lo que está en juego es una cuestión más amplia: cómo equilibrar el derecho a informar con el derecho a no ser juzgado antes de tiempo.<br>Esa discusión, tarde o temprano, Costa Rica tendrá que enfrentarla con mayor claridad.</p>



<figure class="wp-block-embed aligncenter is-type-rich is-provider-twitter wp-block-embed-twitter"><div class="wp-block-embed__wrapper">
<blockquote class="twitter-tweet" data-width="550" data-dnt="true"><p lang="es" dir="ltr">Denuncias contra medios reabren el debate sobre el secreto procesal. Un caso reciente vuelve a poner sobre la mesa el choque entre prensa y proceso penal. <a href="https://t.co/0k3j2ruhfX">pic.twitter.com/0k3j2ruhfX</a></p>&mdash; ACR Mundo (@MundoACR) <a href="https://twitter.com/MundoACR/status/2020676879808692228?ref_src=twsrc%5Etfw">February 9, 2026</a></blockquote><script async src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script>
</div></figure>



<p>📲 ACR Noticias informa con rigor y neutralidad. Aquí explicamos los conflictos, no los gritamos.</p>



<p>Nota editorial – MUNDO ACR<br>Este artículo tiene carácter informativo y analítico.<br>No constituye imputación de responsabilidades ni adelanta criterio sobre eventuales procesos judiciales.<br>Su publicación se ampara en el artículo 29 de la Constitución Política de Costa Rica y en el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que garantizan la libertad de expresión y el derecho a informar sobre asuntos de interés público.<br>MUNDO ACR promueve el análisis responsable y el respeto al debido proceso.</p>
<p>The post <a href="https://mundoacr.com/cuando-informar-choca-con-el-proceso-penal-video/">Cuando informar choca con el proceso penal. VIDEO</a> appeared first on <a href="https://mundoacr.com">MUNDO ACR</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
		<item>
		<title>Juez frena deportaciones de Trump: Tren de Aragua.</title>
		<link>https://mundoacr.com/juez-frena-deportaciones-de-trump-tren-de-aragua/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 10 Jun 2025 21:22:42 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Internacional]]></category>
		<category><![CDATA[David Briones.]]></category>
		<category><![CDATA[Debido Proceso]]></category>
		<category><![CDATA[deportación]]></category>
		<category><![CDATA[Donald Trump]]></category>
		<category><![CDATA[Estados Unidos]]></category>
		<category><![CDATA[inmigración]]></category>
		<category><![CDATA[Ley de Enemigos Extranjeros]]></category>
		<category><![CDATA[Poder Judicial]]></category>
		<category><![CDATA[Tren de Aragua]]></category>
		<category><![CDATA[Venezuela]]></category>
		<guid isPermaLink="false">https://mundoacr.com/?p=4318</guid>

					<description><![CDATA[<p>Juez federal desestima el uso de Ley de Guerra por parte de Trump para deportar. El 9 de junio, un juez federal de Texas sentenció que el expresidente Donald Trump aplicó erróneamente la Ley de Enemigos Extranjeros. El intento de expulsar de Estados Unidos a supuestos integrantes de la banda venezolana Tren de Aragua (TdA)...</p>
<p>The post <a href="https://mundoacr.com/juez-frena-deportaciones-de-trump-tren-de-aragua/">Juez frena deportaciones de Trump: Tren de Aragua.</a> appeared first on <a href="https://mundoacr.com">MUNDO ACR</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<h2 class="wp-block-heading">Juez federal desestima el uso de Ley de Guerra por parte de Trump para deportar.</h2>



<p>El 9 de junio, un juez federal de Texas sentenció que el expresidente Donald Trump aplicó erróneamente la Ley de Enemigos Extranjeros. El intento de expulsar de Estados Unidos a supuestos integrantes de la banda venezolana Tren de Aragua (TdA) fue declarado improcedente.</p>



<p>En una opinión de 56 páginas, el juez federal <strong>David Briones</strong> sostuvo que Trump violó la garantía constitucional del debido proceso. Además, afirmó que el exmandatario no demostró que el Tren de Aragua estuviera involucrado en el tipo de &#8220;invasión&#8221; que autoriza a un presidente a invocar esta ley. Las declaraciones de Briones se alinean con las de otros tres jueces federales, aunque contrastan con al menos un fallo en Pensilvania.</p>



<h3 class="wp-block-heading">La Corte Suprema Podría Intervenir Nuevamente</h3>



<p>La orden judicial permanente emitida por Briones se suma a otras sentencias. Estos fallos podrían llevar a la <strong>Corte Suprema</strong> a pronunciarse de nuevo sobre la cuestión. Hasta la fecha, el máximo tribunal del país se ha abstenido de dictaminar si Trump invocó inválidamente la ley con una proclamación en marzo. En su lugar, el tribunal superior aclaró el tipo de debido proceso que Trump debe garantizar a las personas que busca deportar.</p>



<p>En marzo, el entonces presidente describió al TdA como una organización que controlaba Venezuela. Afirmó que este grupo perpetraba una &#8220;guerra irregular&#8221; contra Estados Unidos. Esto, según Trump, apoyaba el supuesto objetivo del régimen de Maduro de desestabilizar las democracias de la región.</p>



<h3 class="wp-block-heading">La Proclamación de Trump y la Interpretación del Juez</h3>



<p>&#8220;El [TdA] ha participado y sigue participando en la migración ilegal masiva hacia Estados Unidos&#8221;, decía la proclamación de Trump. Su fin, según el texto, era &#8220;promover sus objetivos de dañar a los ciudadanos estadounidenses, socavar la seguridad pública y apoyar el objetivo del régimen de Maduro de desestabilizar las naciones democráticas de América, incluido Estados Unidos&#8221;.</p>



<p>Sin embargo, el juez Briones fue contundente. Incluso si las aseveraciones de Trump sobre la banda fueran verídicas, su invocación de la Ley de Enemigos Extranjeros seguiría siendo ilegal. Briones agregó que una &#8220;incursión depredadora&#8221; o &#8220;invasión&#8221;, bajo la Ley de Enemigos Extranjeros, debe implicar la participación de un gobierno extranjero. Dicha intrusión debe ser militarizada y tener el propósito de obtener el control de territorio en Estados Unidos.</p>



<p>&#8220;La migración ilegal masiva o las actividades delictivas claramente no entran dentro de los límites legales [de la Ley de Enemigos Extranjeros]&#8221;, afirmó el juez.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Divergencia de Opiniones Judiciales</h3>



<p>Parte de la opinión de Briones citó al juez federal <strong>Fernando Rodríguez</strong>, del Distrito Sur de Texas. Rodríguez también había bloqueado las deportaciones del gobierno. Él argumentó que el uso de la palabra &#8220;invasión&#8221; por parte de Trump no correspondía al significado original de la ley, aprobada en los albores de la historia estadounidense.</p>



<p>Además de Rodríguez y Briones, otros dos jueces federales, de <strong>Colorado</strong> y <strong>Nueva York</strong>, también declararon ilegal el uso de la ley por parte de Trump. La situación difiere en Pensilvania. Allí, la jueza federal <strong>Stephanie Haines</strong> respaldó el uso de la ley por parte de la administración.</p>



<p>En una opinión emitida el 13 de mayo, Haines destacó que el TdA fue designado como organización terrorista extranjera. Esa designación, afirmó, &#8220;respalda firmemente las conclusiones&#8230; de que el TdA es un grupo cohesionado unido por el objetivo común de causar una perturbación significativa a la seguridad pública de Estados Unidos&#8221;. A pesar de su respaldo, Haines señaló que la administración no había notificado la deportación a los detenidos con suficiente antelación. Por ello, no podía expulsar al ciudadano venezolano que presentó la demanda sin un preaviso de 21 días, entre otras condiciones.</p>



<p>El gobierno sostiene que el poder judicial está invadiendo la autoridad de Trump como jefe del poder ejecutivo. En el Distrito Central de California, el juez federal <strong>John Holcomb</strong> rechazó el alcance de las medidas del gobierno para evitar la revisión judicial de la autoridad de Trump bajo la ley. Su opinión también sugirió que sus colegas del poder judicial federal habían ido demasiado lejos al intentar definir &#8220;incursión&#8221; o &#8220;invasión&#8221;.</p>



<p>&#8220;Dado que la AEA [Ley de Enemigos Extranjeros] le permite al presidente decidir si esos acontecimientos han tenido lugar, la AEA también concede necesariamente al presidente la facultad discrecional de decidir qué significan esos términos&#8221;, señaló Holcomb la semana pasada.</p>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<h2 class="wp-block-heading">📲 <strong>Mantente informado:</strong> Si deseas recibir esta y otras noticias en tu celular, descarga Telegram, ingresa a este enlace 👉 <a target="_blank" rel="noreferrer noopener" href="https://t.me/ACRMundo">https://t.me/ACRMundo</a> y haz clic en &#8220;+ Unirme&#8221;.</h2>
<p>The post <a href="https://mundoacr.com/juez-frena-deportaciones-de-trump-tren-de-aragua/">Juez frena deportaciones de Trump: Tren de Aragua.</a> appeared first on <a href="https://mundoacr.com">MUNDO ACR</a>.</p>
]]></content:encoded>
					
		
		
			</item>
	</channel>
</rss>
