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	<title>Estados Unidos Archives - MUNDO ACR</title>
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	<description>&#34;Noticias de Costa Rica y el mundo&#34;</description>
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	<title>Estados Unidos Archives - MUNDO ACR</title>
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		<title>Trump mantiene aranceles tras fallo judicial.</title>
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		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 23 Feb 2026 12:56:34 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Internacional]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Trump mantiene aranceles tras fallo de la Corte: qué está pasando realmente. La Corte Suprema de Estados Unidos anuló los fundamentos legales que la administración de Donald Trump había utilizado para imponer ciertos aranceles globales. Poco después, el presidente anunció que el gravamen global subiría hasta el 15 %. A simple vista parece un choque...</p>
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<h2 class="wp-block-heading">Trump mantiene aranceles tras fallo de la Corte: qué está pasando realmente.</h2>


<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-large"><img fetchpriority="high" decoding="async" width="1024" height="682" src="https://mundoacr.com/wp-content/uploads/2026/02/147494-1024x682.jpg" alt="" class="wp-image-6285" srcset="https://mundoacr.com/wp-content/uploads/2026/02/147494-1024x682.jpg 1024w, https://mundoacr.com/wp-content/uploads/2026/02/147494-300x200.jpg 300w, https://mundoacr.com/wp-content/uploads/2026/02/147494-768x512.jpg 768w, https://mundoacr.com/wp-content/uploads/2026/02/147494-1536x1024.jpg 1536w, https://mundoacr.com/wp-content/uploads/2026/02/147494-1127x751.jpg 1127w, https://mundoacr.com/wp-content/uploads/2026/02/147494.jpg 2000w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption">Donald Trump, presidente de Estados Unidos. </figcaption></figure>
</div>


<p>La Corte Suprema de Estados Unidos anuló los fundamentos legales que la administración de Donald Trump había utilizado para imponer ciertos aranceles globales. </p>



<p>Poco después, el presidente anunció que el gravamen global subiría hasta el 15 %.</p>



<p>A simple vista parece un choque directo entre la Casa Blanca y el máximo tribunal. Pero el fondo es más complejo.</p>



<p>La sentencia no prohibió todos los aranceles. Lo que hizo fue limitar el uso de una ley específica: la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional. Según la Corte, esa norma no podía servir como base para los gravámenes aplicados.</p>



<p>El presidente del tribunal, John Roberts, recordó que la facultad de imponer impuestos y aranceles corresponde al Congreso, y que cualquier delegación al Ejecutivo debe estar claramente definida.</p>



<p>Tras el fallo, la Casa Blanca no retiró la política comercial. Cambió la vía legal. El nuevo arancel se anunció bajo el artículo 122 de la Ley de Comercio de 1974, una disposición que permite aplicar gravámenes temporales cuando existan desequilibrios económicos.</p>



<p>La justificación oficial menciona “emergencias nacionales” vinculadas a la seguridad, la política exterior o la economía.</p>



<p>Es decir, el instrumento cambió, pero la estrategia se mantiene.</p>



<p><a href="https://responsiblestatecraft.org/supreme-court-tariffs/" type="link" id="https://responsiblestatecraft.org/supreme-court-tariffs/">Especialistas</a> en comercio internacional explican que el Ejecutivo estadounidense todavía dispone de otras herramientas legales para imponer barreras comerciales, aunque cada una tiene límites distintos. Por eso, la discusión no gira solo en torno al monto del arancel, sino al alcance real del poder presidencial en materia comercial.</p>



<p>En la práctica, lo que está en juego no es solo el porcentaje del arancel, sino hasta dónde puede llegar el presidente cuando el Congreso le ha delegado facultades económicas.</p>



<p>Un arancel global del 15 % puede encarecer importaciones, alterar cadenas de suministro y afectar exportaciones de países que dependen del mercado estadounidense.</p>



<p>Para América Latina, donde varias economías mantienen una relación comercial estrecha con Estados Unidos, cualquier ajuste en aranceles puede traducirse en cambios de costos y competitividad.</p>



<p>La Corte dejó claro que el poder de recaudar pertenece al Congreso. El Ejecutivo sostiene que la legislación vigente le permite actuar en determinadas circunstancias.</p>



<p>Lo ocurrido no fue la eliminación de la política arancelaria, sino una redefinición de la base jurídica para sostenerla.</p>



<p>Ese límite institucional, más que el porcentaje anunciado, será lo que determine cómo evolucione esta disputa.</p>
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		<item>
		<title>EEUU afirma captura de Maduro y Venezuela denuncia “agresión”.</title>
		<link>https://mundoacr.com/eeuu-afirma-captura-de-maduro-y-venezuela-denuncia-agresion/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Sat, 03 Jan 2026 13:55:27 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Latam]]></category>
		<category><![CDATA[acrmundo]]></category>
		<category><![CDATA[acrnoticiascostarica]]></category>
		<category><![CDATA[América Latina]]></category>
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		<category><![CDATA[Nicolás Maduro]]></category>
		<category><![CDATA[Noticias]]></category>
		<category><![CDATA[Venezuela]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La región vive un momento de alta tensión tras declaraciones oficiales contradictorias y reportes internacionales sobre una operación ejecutada por Estados Unidos en territorio venezolano. Según declaraciones difundidas por el presidente estadounidense Donald Trump y recogidas por medios internacionales, Estados Unidos habría ejecutado una ofensiva “a gran escala” en Venezuela y, como parte de esa...</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>La región vive un momento de alta tensión tras declaraciones oficiales contradictorias y reportes internacionales sobre una operación ejecutada por Estados Unidos en territorio venezolano.</p>



<p><br>Según declaraciones difundidas por el presidente estadounidense Donald Trump y recogidas por medios internacionales, Estados Unidos habría ejecutado una ofensiva “a gran escala” en Venezuela y, como parte de esa operación, afirma que Nicolás Maduro y su esposa Cilia Flores fueron capturados y trasladados fuera del país.</p>



<figure class="wp-block-embed aligncenter is-type-rich is-provider-twitter wp-block-embed-twitter"><div class="wp-block-embed__wrapper">
<blockquote class="twitter-tweet" data-width="550" data-dnt="true"><p lang="en" dir="ltr">Nicolas Maduro and his wife, Cilia Flores, have been indicted in the Southern District of New York.  Nicolas Maduro has been charged with Narco-Terrorism Conspiracy, Cocaine Importation Conspiracy, Possession of Machineguns and Destructive Devices, and Conspiracy to Possess…</p>&mdash; Attorney General Pamela Bondi (@AGPamBondi) <a href="https://twitter.com/AGPamBondi/status/2007428087143686611?ref_src=twsrc%5Etfw">January 3, 2026</a></blockquote><script async src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script>
</div></figure>



<h2 class="wp-block-heading">La versión de Estados Unidos.</h2>



<p>Autoridades estadounidenses sostienen que: se realizaron ataques sobre objetivos estratégicos, la operación incluyó componentes militares y tácticos, Maduro y su esposa enfrentarían procesos judiciales bajo jurisdicción estadounidense. Estas afirmaciones han sido difundidas por cadenas internacionales y vocerías oficiales estadounidenses.</p>



<h2 class="wp-block-heading">La posición del Régimen venezolano.</h2>



<p>El Ejecutivo venezolano calificó lo ocurrido como: una agresión militar contraria al Derecho Internacional,<br>denunció afectación de infraestructura civil y militar, activó protocolos internos de seguridad, y exigió “prueba de vida” del mandatario y su esposa. Caracas sostiene que el objetivo estadounidense sería intervenir políticamente y afectar la soberanía del país.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Reacciones internacionales.</h2>



<p>Diversos gobiernos han reaccionado con: condenas formales, llamados a la contención, advertencias sobre la estabilidad hemisférica. Organismos multilaterales monitorean la situación, mientras analistas advierten que se trata de un episodio de enorme sensibilidad diplomática.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Qué está confirmado y qué no Hasta este momento:</h2>



<p>Existen declaraciones formales de ambas partes,<br>✔ múltiples medios internacionales reportan ataques,<br>✔ hay posiciones diplomáticas activas a nivel global.<br>Pero persisten elementos sin confirmación plena independiente. Debate internacional<br>El episodio abre un debate sobre: soberanía de los Estados, uso de la fuerza, mecanismos internacionales de resolución de conflictos. Juristas y centros académicos destacan que organismos multilaterales deberán evaluar el alcance jurídico de lo ocurrido.<br>🧭 Información en desarrollo<br>MUNDO ACR continuará dando seguimiento al tema.</p>
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			</item>
		<item>
		<title>Las grietas del comunicado del TSE: un análisis jurídico que Costa Rica sí necesita</title>
		<link>https://mundoacr.com/las-grietas-del-comunicado-del-tse-un-analisis-juridico-que-costa-rica-si-necesita/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 21 Nov 2025 02:46:18 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Internacional]]></category>
		<category><![CDATA[Nacionales]]></category>
		<category><![CDATA[Embajadora]]></category>
		<category><![CDATA[Estados Unidos]]></category>
		<category><![CDATA[Inmunidad]]></category>
		<category><![CDATA[Rodrigo Chaves]]></category>
		<category><![CDATA[TSE]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>El comunicado del TSE se contradice con la realidad diplomática: análisis jurídico y político tras la convocatoria de EE.UU. a la embajadora Crespo “La convocatoria de la embajadora Catalina Crespo ante un subcomité del Congreso de los Estados Unidos, hecho que ella misma calificó como inusual y señal de seria preocupación por la situación democrática...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[
<h2 class="wp-block-heading"><strong>El comunicado del TSE se contradice con la realidad diplomática: análisis jurídico y político tras la convocatoria de EE.UU. a la embajadora Crespo</strong><br></h2>



<p>“La convocatoria de la embajadora Catalina Crespo ante un subcomité del Congreso de los Estados Unidos, hecho que ella misma calificó como inusual y señal de seria preocupación por la situación democrática costarricense, abrió un contraste evidente entre la percepción internacional y el comunicado emitido por el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE).”</p>



<p>Este análisis académico–jurídico se basa únicamente en: El texto oficial del comunicado del TSE. Las declaraciones públicas verificadas de la embajadora Crespo. Normas constitucionales y electorales. Principios del derecho diplomático. Jurisprudencia de la Corte Interamericana. “Todo dentro del marco de protección reforzada otorgado por: Art. 29 de la Constitución Política; Art. 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos; y la jurisprudencia de la Corte IDH (p. ej. Herrera Ulloa vs. Costa Rica).”</p>



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<h1 class="wp-block-heading">“Es un acto político sin incidencia”: contradicción entre el comunicado del TSE y la realidad diplomática</h1>



<p><strong>Lo que dice el TSE:</strong> la convocatoria del Congreso estadounidense sería “un acto político… sin incidencia”.</p>



<p><strong>Lo que manifestó la embajadora Crespo:</strong> nunca antes había ocurrido un llamado de esta naturaleza; el Congreso de EE. UU. expresó “profunda preocupación”; la convocatoria podría afectar cooperación, seguridad y programas bilaterales; y hay precedentes regionales de recortes o sanciones por situaciones análogas.</p>



<p><strong>Errores técnicos del comunicado</strong></p>



<ol class="wp-block-list">
<li><strong>Simplificación conceptual.</strong> Reducir un acto diplomático excepcional a “sin incidencia” omite los posibles efectos reales en cooperación y relaciones bilaterales.</li>



<li><strong>Falta de fundamentación.</strong> El TSE no explica por qué no habría incidencia política o diplomática, creando un vacío argumentativo.</li>



<li><strong>Ausencia de análisis diplomático.</strong> El comunicado aborda el hecho solo desde la perspectiva procesal interna, ignorando su impacto internacional.</li>
</ol>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<h2 class="wp-block-heading">2. El comunicado se limita al artículo 270 del Código Electoral e ignora el debate constitucional externo</h2>



<p><strong>Lo que dice el TSE:</strong> que el proceso sigue el artículo 270 del Código Electoral.<br><strong>Lo que manifestó la embajadora:</strong> congresistas estadounidenses no identifican ese mecanismo en la Constitución; cuestionan si existe una reinterpretación; comparan la situación con crisis institucionales de la región.</p>



<p><strong>Errores técnicos del comunicado</strong></p>



<ol class="wp-block-list">
<li><strong>Omisión de un hecho público relevante.</strong> No menciona la existencia de confusión internacional sobre el fundamento constitucional del proceso.</li>



<li><strong>Falta de explicación sistemática.</strong> No aclara la relación jerárquica entre Constitución y Código Electoral, información que habría reducido dudas internas y externas.</li>
</ol>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<h2 class="wp-block-heading">3. El TSE minimiza el impacto internacional; la embajadora describe posibles consecuencias bilaterales</h2>



<p><strong>Situación:</strong> el comunicado sostiene que la convocatoria “no afecta” el proceso electoral. La embajadora, en cambio, señaló riesgos sobre cooperación en seguridad, reportes formales al Departamento de Estado y precedentes regionales.</p>



<p><strong>Errores técnicos del comunicado</strong></p>



<ol class="wp-block-list">
<li><strong>Confusión de niveles.</strong> La frase “no afecta” confunde incidencia jurídica interna con incidencia diplomática externa.</li>



<li><strong>Generalización insuficiente.</strong> No se justifica por qué la incidencia diplomática sería irrelevante para Costa Rica.</li>
</ol>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<h2 class="wp-block-heading">4. El TSE insiste en que el trámite “no implica destitución”, pero la percepción internacional es distinta</h2>



<p><strong>Situación:</strong> jurídicamente, el levantamiento de la inmunidad no equivale a destitución. La embajadora señaló, sin embargo, que en EE. UU. el proceso es interpretado por algunos actores como una vía para “remover a un presidente”, lo que motivó la convocatoria.</p>



<p><strong>Errores técnicos del comunicado</strong></p>



<ol class="wp-block-list">
<li><strong>Falta de contexto explicativo.</strong> El TSE no aclara cómo funciona el procedimiento frente a la percepción externa.</li>



<li><strong>Omisión estratégica.</strong> Ignorar una percepción ya existente no contribuye a la transparencia institucional.</li>
</ol>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<h2 class="wp-block-heading">5. “Variables no estrictamente jurídico-procesales”: una expresión jurídicamente sensible</h2>



<p><strong>Situación:</strong> el comunicado sostiene que la Asamblea puede considerar “otras variables distintas a las estrictamente jurídico-procesales”.</p>



<p><strong>Errores técnicos del comunicado</strong></p>



<ol class="wp-block-list">
<li><strong>Desliz conceptual.</strong> Introduce la idea de criterios extrajurídicos sin base normativa.</li>



<li><strong>Ambigüedad institucional.</strong> No delimita qué tipo de variables serían permisibles, lo que abre espacio a interpretaciones políticas.</li>
</ol>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<h2 class="wp-block-heading">6. El comunicado mezcla conceptos y emplea recursos retóricos no probatorios</h2>



<p><strong>Situación:</strong> el TSE invoca el <em>Democracy Index</em> como elemento del argumento sobre estabilidad institucional.</p>



<p><strong>Errores técnicos del comunicado</strong></p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Argumento no jurídico.</strong> Un índice externo no es fundamento normativo.</li>



<li><strong>Distracción.</strong> El ranking desvía el foco del asunto central (el llamado del Congreso).</li>



<li><strong>Imprecisión factual.</strong> Si se cita un índice, debe indicarse fuente y fecha.</li>



<li><strong>Tono defensivo.</strong> El inicio autocelebratorio reduce la percepción de sobriedad institucional.</li>
</ul>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<h2 class="wp-block-heading">7. Redundancia y ausencia de mecanismos de transparencia</h2>



<p><strong>Situación:</strong> el cierre del comunicado afirma que el TSE será “respetuoso” de la decisión legislativa y que se respetarán garantías procesales.</p>



<p><strong>Errores técnicos del comunicado</strong></p>



<ol class="wp-block-list">
<li><strong>Redundancia jurídica.</strong> Recordar una obligación constitucional puede percibirse como innecesario.</li>



<li><strong>Carencia operativa.</strong> No especifica plazos, etapas ni metodología para comunicar avances al público.</li>
</ol>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<h2 class="wp-block-heading">Normas y doctrina que respaldan este análisis</h2>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Art. 29 — Constitución Política:</strong> libertad de expresión y difusión del pensamiento.</li>



<li><strong>Art. 13 — Convención Americana:</strong> protección reforzada para la crítica de asuntos de interés público.</li>



<li><strong>Corte IDH — <em>Herrera Ulloa v. Costa Rica</em>:</strong> los debates sobre asuntos públicos gozan de protección reforzada.</li>



<li><strong>Opiniones Consultivas OC-5/85 y OC-7/86:</strong> distinción entre opinión y afirmación de hechos delictivos.</li>
</ul>



<p><strong>Nota:</strong> este artículo no imputa delitos ni afirma hechos no verificados. Contrasta un documento público (comunicado del TSE) y declaraciones públicas verificables (entrevista de la embajadora) para identificar omisiones e inconsistencias y evaluar sus efectos jurídicos y diplomáticos.</p>



<p>Con base en los documentos públicos disponibles, el comunicado del TSE: (i) no incorpora elementos diplomáticos relevantes expresados por la embajadora; (ii) omite explicar la duda constitucional observada desde el exterior; (iii) mezcla conceptos jurídicos y políticos; (iv) minimiza hechos diplomáticos significativos; y (v) introduce expresiones ambiguas que pueden favorecer la politización del procedimiento.</p>



<p>Este análisis tiene un fin estrictamente académico y jurídico: promover transparencia institucional, claridad pública y rigor democrático en una coyuntura de alta sensibilidad política e internacional para Costa Rica.</p>



<p>Este análisis fue basado en las “Fuentes: Comunicado del TSE; Transcripción de la entrevista del Medio Trivisión, a la embajadora Crespo.”</p>



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			</item>
		<item>
		<title>EE.UU. cita a Embajadora de Costa Rica por Fuero Presidencial</title>
		<link>https://mundoacr.com/ee-uu-cita-a-embajadora-de-costa-rica-por-fuero-presidencial/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 20 Nov 2025 19:50:33 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Internacional]]></category>
		<category><![CDATA[Nacionales]]></category>
		<category><![CDATA[Embajadora]]></category>
		<category><![CDATA[Estados Unidos]]></category>
		<category><![CDATA[Fuero Presidencial]]></category>
		<category><![CDATA[Rodrigo Chaves]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Embajadora de Costa Rica en Washington D. C., Catalina Crespo, fue convocada a comparecer ante el Congreso de los Estados Unidos. Esta citación, calificada por la diplomática como &#8220;inusual&#8221; e histórica, responde a la &#8220;preocupación de sobremanera&#8221; del foro estadounidense ante la posibilidad de que se le levante el fuero e inmunidad al Presidente...</p>
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]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[
<p>La Embajadora de Costa Rica en Washington D. C., <strong>Catalina Crespo</strong>, fue convocada a comparecer ante el Congreso de los Estados Unidos. Esta citación, calificada por la diplomática como <strong>&#8220;inusual&#8221;</strong> e histórica, responde a la <strong>&#8220;preocupación de sobremanera&#8221;</strong> del foro estadounidense ante la posibilidad de que se le levante el fuero e inmunidad al Presidente de la República, Rodrigo Chaves.</p>



<figure class="wp-block-image size-large"><img decoding="async" width="1024" height="768" src="https://mundoacr.com/wp-content/uploads/2025/11/585215109_33095013073430553_6800957191152492652_n-2-1024x768.jpg" alt="" class="wp-image-5980" srcset="https://mundoacr.com/wp-content/uploads/2025/11/585215109_33095013073430553_6800957191152492652_n-2-1024x768.jpg 1024w, https://mundoacr.com/wp-content/uploads/2025/11/585215109_33095013073430553_6800957191152492652_n-2-300x225.jpg 300w, https://mundoacr.com/wp-content/uploads/2025/11/585215109_33095013073430553_6800957191152492652_n-2-768x576.jpg 768w, https://mundoacr.com/wp-content/uploads/2025/11/585215109_33095013073430553_6800957191152492652_n-2-1536x1152.jpg 1536w, https://mundoacr.com/wp-content/uploads/2025/11/585215109_33095013073430553_6800957191152492652_n-2-770x577.jpg 770w, https://mundoacr.com/wp-content/uploads/2025/11/585215109_33095013073430553_6800957191152492652_n-2.jpg 1600w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>



<p>La comparecencia, programada para este viernes, ha sido gestionada por miembros del Congreso, incluido un subcomité encargado de promover la asistencia exterior para preservar la democracia en países aliados.</p>



<p>La Embajadora Crespo Sancho confirmó que la citación obedece a que congresistas perciben el proceso contra el presidente Chaves como un <strong>&#8220;ataque nuevo a la democracia&#8221;</strong> y lo ven como una <strong>&#8220;forma de derrocar a un presidente en funciones&#8221;</strong>.</p>



<p>&#8220;Esto solo sucede cuando el Congreso está muy preocupado por situaciones de algunos países. Y en este momento está muy preocupado por Costa Rica,&#8221; declaró la Embajadora.</p>



<p>La diplomática señaló que, en las últimas semanas, ha recibido consultas informales sobre la base legal del proceso. Congresistas cuestionan si el procedimiento de levantamiento de fuero está debidamente estipulado en la Constitución, indicando dudas sobre si el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) está cambiando o interpretando las reglas de la Carta Magna. La intensidad de las dudas ha llevado a preguntas directas sobre si Costa Rica <strong>&#8220;se estaba empezando a parecer a Perú.&#8221;</strong></p>



<h2 class="wp-block-heading">Serias Implicaciones para la Cooperación y la Economía.</h2>



<p>La convocatoria ante el Congreso subraya la seriedad de la situación, especialmente ante el riesgo que representa para la relación bilateral y la asistencia económica.</p>



<p>Crespo Sancho destacó que entre los congresistas involucrados se encuentra el presidente del Comité de Apropiaciones, organismo que tiene una injerencia directa en la <strong>política exterior y económica</strong> de EE. UU.</p>



<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
<p>&#8220;El Comité de Apropiaciones es importantísimo para Costa Rica&#8230; ellos son los que deciden <strong>cuánta plata se le va a dar a cada país para tema de apoyo</strong>,&#8221; explicó la Embajadora, detallando que de este comité dependen los fondos para temas de seguridad, los escáneres y toda la ayuda que recibe el país.</p>
</blockquote>



<p>El mayor riesgo, según la diplomática, radica en que si el Congreso percibe la situación como un peligro para la estabilidad democrática de un aliado, podrían enviar un reporte al Secretario de Relaciones Exteriores y al Departamento de Estado para que tomen <strong>&#8220;los pasos siguientes&#8221;</strong>. Estos pasos podrían incluir <strong>&#8220;cerrar cualquier apoyo, inclusive económico&#8221;</strong>.</p>



<p>La Embajadora recordó que ya existe jurisprudencia, citando a países de la región como <strong>Colombia</strong>, a los que <strong>&#8220;les han recortado bastante el apoyo&#8221;</strong> y los fondos. La diplomática enfatizó que la posibilidad de sacar a un presidente electo por el pueblo <strong>&#8220;no se ve bien para nada&#8221;</strong> a nivel internacional, lo cual genera profunda preocupación en su rol como representante de la diplomacia costarricense.</p>



<p>La Embajadora indicó que su trabajo primordial será llevar un discurso basado en la <strong>legalidad</strong> y los <strong>procedimientos</strong> que sustentan el proceso en Costa Rica, haciendo énfasis en lo que dictan los artículos del Tribunal Supremo de Elecciones y, sobre todo, la Constitución.</p>



<p>Generalmente, estas audiencias son públicas, aunque el Congreso puede determinar hacerlas privadas. De cualquier forma, la Embajadora estima que se emitirá un reporte al final. En caso de que se determine un riesgo democrático, este reporte podría ser elevado a la Comisión de Relaciones Exteriores y al Departamento de Estado, abriendo la posibilidad de una convocatoria abierta y una revisión de la relación bilateral.</p>



<p>El proceso sobre el levantamiento o no del fuero del Presidente Chaves está actualmente en la Asamblea Legislativa, con la sugerencia de la comisión prevista para votarse a finales de noviembre.</p>



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