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	<title>Jueces. Archives - MUNDO ACR</title>
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	<description>&#34;Noticias de Costa Rica y el mundo&#34;</description>
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	<title>Jueces. Archives - MUNDO ACR</title>
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		<title>Reforma movería poder sobre jueces.</title>
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		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 18 Aug 2026 23:42:15 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Nacionales]]></category>
		<category><![CDATA[Corte Plena]]></category>
		<category><![CDATA[Jueces.]]></category>
		<category><![CDATA[Poder Judicial Costa Rica]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>No es solo nombrar jueces. El poder que cambiaría de manos es mucho mayor. Seis magistrados quieren que Corte Plena deje de nombrar determinados jueces y que esa responsabilidad pase al Consejo Superior del Poder Judicial. La razón expuesta es agilizar los nombramientos y hacer más eficiente la administración de justicia. Pero el proyecto va...</p>
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<h2 class="wp-block-heading">No es solo nombrar jueces. El poder que cambiaría de manos es mucho mayor. </h2>



<p class="wp-block-paragraph">Seis magistrados quieren que Corte Plena deje de nombrar determinados jueces y que esa responsabilidad pase al Consejo Superior del Poder Judicial.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La razón expuesta es agilizar los nombramientos y hacer más eficiente la administración de justicia.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Pero el proyecto va bastante más lejos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">No cambiaría únicamente quién nombra.</p>



<p class="wp-block-paragraph">También trasladaría competencias sobre ascensos, traslados, permutas, periodos de prueba, becas, aprobaciones y rechazos relacionados con jueces y juezas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La reforma puede tener solo tres artículos. El poder que cambiaría de manos no es pequeño.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Mucho más que nombramientos. </h2>



<p class="wp-block-paragraph">La iniciativa fue presentada por los magistrados Paul Rueda, Luis Fernando Salazar, Jorge Leiva, Patricia Vargas, Porfirio Sánchez y Jorge Olaso.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Olaso sostiene que la intención es descentralizar funciones actualmente ejercidas por Corte Plena.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Para conseguirlo se modificarían la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley de Carrera Judicial.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Parte de la reforma elimina referencias legales que mantienen determinados nombramientos y decisiones bajo responsabilidad de Corte Plena.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El cambio más amplio aparece en el tercer artículo.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La propuesta pretende que las referencias contenidas en otras normas que otorguen a Corte Plena competencias sobre estas materias pasen al Consejo Superior.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Eso alcanzaría nombramientos, remoción durante el periodo de prueba, aprobación, rechazo, ascensos, permutas, traslados y becas.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Ya no estamos hablando simplemente de mover un trámite de un escritorio a otro.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Estamos hablando de trasladar buena parte de las decisiones que acompañan la carrera de una persona juzgadora.</p>



<h2 class="wp-block-heading">La eficiencia necesita números. </h2>



<p class="wp-block-paragraph">Agilizar los procesos suena razonable.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Pero una reforma sustentada en eficiencia también debería permitir medir el problema que pretende corregir.</p>



<p class="wp-block-paragraph">¿Cuánto tardan actualmente estos nombramientos?</p>



<p class="wp-block-paragraph">¿Cuántos están atrasados?</p>



<p class="wp-block-paragraph">¿Cuánto de ese atraso es provocado directamente por la intervención de Corte Plena?</p>



<p class="wp-block-paragraph">¿Cuánto tiempo se ahorraría trasladando las competencias?</p>



<p class="wp-block-paragraph">La información conocida hasta ahora no aporta esas cifras.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Sin esos datos resulta difícil saber si estamos ante una solución diseñada para un problema medido o ante una redistribución de competencias cuya mejora todavía debe demostrarse.</p>



<h2 class="wp-block-heading">El Consejo Superior ganaría mucho poder sobre la carrera judicial</h2>



<p class="wp-block-paragraph">Nombrar a un juez importa.</p>



<p class="wp-block-paragraph">También decidir sobre su ascenso.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Su traslado.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Su periodo de prueba.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Una permuta.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Una beca.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La reforma colocaría ese conjunto de competencias en el Consejo Superior.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Eso no demuestra ninguna irregularidad ni significa que el órgano vaya a utilizarlas indebidamente.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Pero obliga a mirar algo más importante que la velocidad de los trámites.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>¿Qué controles tendrá quien concentre esas decisiones?</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">¿Qué posibilidades tendrá un juez de cuestionar una resolución que considere injustificada?</p>



<p class="wp-block-paragraph">¿Quién revisará esas actuaciones?</p>



<p class="wp-block-paragraph">¿Con qué niveles de publicidad y transparencia se tomarán?</p>



<p class="wp-block-paragraph">Si el proyecto amplía el poder de un órgano sobre la carrera judicial, las garantías deberían conocerse con la misma claridad con la que se promete eficiencia.</p>



<h2 class="wp-block-heading">La independencia también se juega dentro del Poder Judicial</h2>



<p class="wp-block-paragraph">Cuando se habla de independencia judicial, casi siempre se piensa en presiones provenientes del Ejecutivo, la Asamblea Legislativa o actores externos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Existe otra dimensión.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La carrera de un juez también se desarrolla dentro de una estructura que decide nombramientos, ascensos, traslados y otras condiciones profesionales.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Un juez debería poder resolver conforme al derecho sin temor a que el contenido de sus decisiones pueda convertirse en un factor arbitrario para su futuro profesional.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Nada de lo conocido hasta ahora demuestra que el Consejo Superior vaya a actuar de esa manera.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Ese no es el cuestionamiento.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La pregunta es qué garantías tendrá el sistema para impedirlo.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Porque una reforma institucional no debería diseñarse pensando únicamente en que quienes administran esas competencias actuarán correctamente.</p>



<p class="wp-block-paragraph">También debe funcionar cuando exista una controversia, una decisión cuestionada o un posible abuso.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Un artículo capaz de alcanzar otras leyes</h2>



<p class="wp-block-paragraph">El tercer artículo merece especial atención.</p>



<p class="wp-block-paragraph">No se limita a modificar las disposiciones expresamente identificadas en las dos leyes principales.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Pretende abarcar referencias existentes en otras normas que todavía atribuyan esas competencias a Corte Plena.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Eso obliga a conocer el alcance completo antes de medir la reforma por sus tres artículos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">¿Cuántas disposiciones legales quedarían alcanzadas?</p>



<p class="wp-block-paragraph">¿Qué procedimientos cambiarían?</p>



<p class="wp-block-paragraph">¿Qué competencias concretas dejaría de ejercer Corte Plena?</p>



<p class="wp-block-paragraph">Una cláusula amplia puede simplificar una reforma.</p>



<p class="wp-block-paragraph">También exige saber exactamente hasta dónde llega.</p>



<h2 class="wp-block-heading">¿Qué dicen quienes serán afectados?</h2>



<p class="wp-block-paragraph">La propuesta deberá ser revisada por la Dirección Jurídica del Poder Judicial y posteriormente conocida por magistrados, magistradas y organizaciones sindicales.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Los jueces y juezas estarán directamente sometidos al sistema que resulte de esos cambios.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Su criterio no debería ser secundario.</p>



<p class="wp-block-paragraph">¿Consideran que el Consejo Superior ofrece mejores condiciones para administrar estas competencias?</p>



<p class="wp-block-paragraph">¿Ven suficientes controles?</p>



<p class="wp-block-paragraph">¿Existen alternativas que permitan reducir tiempos sin reunir tantas decisiones en un mismo órgano?</p>



<p class="wp-block-paragraph">Escuchar esas respuestas permitiría evaluar la reforma más allá de la explicación de quienes la propusieron.</p>



<h2 class="wp-block-heading">Tres artículos pueden mover mucho poder</h2>



<p class="wp-block-paragraph">Jorge Leiva describió la iniciativa como una reforma puntual.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Puede ser puntual en extensión.</p>



<p class="wp-block-paragraph">No necesariamente en sus efectos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El verdadero tamaño del cambio está en las atribuciones que dejaría Corte Plena y en las que asumiría el Consejo Superior.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Agilizar nombramientos puede ser necesario.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Descongestionar Corte Plena también puede serlo.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Pero antes de entregar a otro órgano competencias sobre nombramientos, ascensos, traslados, periodos de prueba, permutas y becas, hay dos respuestas que todavía hacen falta.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Cuánto mejorará realmente el sistema.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Y qué controles acompañarán el poder que cambia de manos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Porque este proyecto no trata solamente de quién nombra a los jueces.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Trata de quién tendrá poder sobre buena parte de su carrera después de nombrarlos.</p>



<h3 class="wp-block-heading">¿Te interesan análisis que van más allá del titular?</h3>



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		<title>México: Nueva Corte, Voto e Indígena</title>
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		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 08 Jun 2025 01:31:07 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Latam]]></category>
		<category><![CDATA[AMLO]]></category>
		<category><![CDATA[Elecciones judiciales]]></category>
		<category><![CDATA[Hugo Aguilar Ortiz]]></category>
		<category><![CDATA[Independencia judicial]]></category>
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		<category><![CDATA[Poder Judicial]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La Nueva Suprema Corte de México: Voto Popular y Presidente Indígena. México vivirá un cambio histórico. Desde el 1 de septiembre, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) será elegida por voto popular. Este nuevo modelo enfrenta un gran desafío: mostrar independencia del Poder Ejecutivo. SCJN con Mayoría de Mujeres La nueva Corte...</p>
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<h2 class="wp-block-heading">La Nueva Suprema Corte de México: Voto Popular y Presidente Indígena. </h2>



<p class="wp-block-paragraph">México vivirá un cambio histórico. Desde el 1 de septiembre, la <strong>Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)</strong> será elegida por voto popular. Este nuevo modelo enfrenta un gran desafío: mostrar independencia del Poder Ejecutivo.</p>



<h3 class="wp-block-heading">SCJN con Mayoría de Mujeres</h3>



<p class="wp-block-paragraph">La nueva Corte tendrá más juezas. Hay cinco mujeres electas: Lenia Batres Guadarrama, Yasmín Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf, María Estela Ríos González y Sara Irene Herrerías Guerra. Los hombres son Hugo Aguilar Ortiz, Giovanni Azael Figueroa Mejía, Irving Espinosa Betanzo y Rodrigo Aristides Guerrero García.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Hugo Aguilar: Un Presidente Indígena Histórico</h3>



<p class="wp-block-paragraph">Las inéditas elecciones judiciales trajeron sorpresas. La mayor fue el triunfo de <strong>Hugo Aguilar Ortiz</strong>. Él es abogado y defiende los derechos de los pueblos indígenas. Recibió más de seis millones de votos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">A sus 52 años, Aguilar Ortiz será el <strong>primer presidente indígena de la SCJN en más de un siglo</strong>. El único precedente es Benito Juárez. Su victoria fue inesperada; Lenia Batres Guadarrama era la favorita, quedando en segundo lugar.</p>



<h3 class="wp-block-heading">¿Autonomía Bajo Escrutinio?</h3>



<p class="wp-block-paragraph">La prensa local reporta algo importante. Al menos seis de los nuevos ministros de la SCJN tienen <strong>vínculos con Morena</strong>. Este es el partido del expresidente Andrés Manuel López Obrador. Él impulsó la reforma para que los jueces fueran elegidos por voto ciudadano.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>Lenia Batres Guadarrama</strong> es una figura clave. Militó en Morena y viene de una familia ligada a la izquierda. Muchos de sus miembros han acompañado a López Obrador en varios cargos.</p>



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<blockquote class="twitter-tweet" data-width="550" data-dnt="true"><p lang="es" dir="ltr">Mensaje de agradecimiento<a href="https://twitter.com/hashtag/MinistraDelPueblo?src=hash&amp;ref_src=twsrc%5Etfw">#MinistraDelPueblo</a> <a href="https://t.co/ZJ4CbkVnoe">pic.twitter.com/ZJ4CbkVnoe</a></p>&mdash; Lenia Batres (@LeniaBatres) <a href="https://twitter.com/LeniaBatres/status/1930093440353579444?ref_src=twsrc%5Etfw">June 4, 2025</a></blockquote><script async src="https://platform.twitter.com/widgets.js" charset="utf-8"></script>
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<h3 class="wp-block-heading">Vínculos Políticos de los Jueces</h3>



<p class="wp-block-paragraph">Batres Guadarrama, Yasmín Esquivel Mossa y Loretta Ortiz Ahlf ya son juezas supremas. Ellas fueron propuestas por López Obrador y ratificadas en el Senado. Batres Guadarrama, al ser segunda en la elección, tiene asegurada la presidencia de la SCJN en 2027. Esto será tras el periodo de dos años de Aguilar Ortiz.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>María Estela Ríos González</strong> fue consejera jurídica de López Obrador. <strong>Irving Espinosa Betanzo</strong> fue asesor de Morena. Incluso el propio <strong>Hugo Aguilar Ortiz</strong> asesoró a López Obrador en proyectos indígenas. También fue funcionario de su Gobierno.</p>



<h3 class="wp-block-heading">El Desafío de la Independencia</h3>



<p class="wp-block-paragraph">Para muchos analistas, la nueva Corte tiene un reto principal: <strong>demostrar autonomía</strong>. Los jueces prometieron independencia durante la campaña. Ahora deben actuar sin que sus afinidades políticas influyan en sus decisiones.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Polémica y Nuevos Perfiles</h3>



<p class="wp-block-paragraph">La elección no escapó de la polémica. El historial de algunos jueces ha sido cuestionado. Un ejemplo es <strong>Sara Irene Herrerías Guerra</strong>. Ella fue fiscal de Derechos Humanos. Tuvo cargos en gobiernos anteriores (Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto). Fue asesora en la Procuraduría General de la República bajo Jesús Murillo Karam. Este exfiscal está acusado en el caso Ayotzinapa.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Por otro lado, hay nuevos jueces sin estos debates. <strong>Giovanni Azael Figueroa Mejía</strong> es doctor en Derecho Constitucional y viene de la academia. <strong>Rodrigo Aristides Guerrero García</strong> es un joven abogado y docente de la UNAM. Hasta ahora, presidía el Instituto de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Ciudad de México.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La nueva Suprema Corte de Justicia marca un momento de cambio en México. La transparencia y la independencia serán cruciales en sus próximas decisiones.</p>



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