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	<title>Radio Archives - MUNDO ACR</title>
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	<description>&#34;Noticias de Costa Rica y el mundo&#34;</description>
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		<title>Subasta: Entre la Narrativa de Víctima y la Realidad del Espectro.</title>
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		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Sun, 23 Nov 2025 01:49:48 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Nacionales]]></category>
		<category><![CDATA[Costa Rica]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Marco Legal: ¿Podemos analizar y cuestionar al IPLEX? Sí. La libertad de crítica hacia figuras públicas e instituciones está protegida por: Con esto claro: sí podemos evaluar las afirmaciones del IPLEX, siempre desde hechos y sin imputarles intenciones. ¿El IPLEX afirma que la subasta es un “golpe a la libertad de expresión”? Sí. ¿Eso es...</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<div class="wp-block-image">
<figure class="aligncenter size-large is-resized"><img fetchpriority="high" decoding="async" width="1024" height="473" src="https://mundoacr.com/wp-content/uploads/2025/11/Captura-de-pantalla-1112-1-1024x473.jpg" alt="" class="wp-image-6016" style="width:438px;height:auto" srcset="https://mundoacr.com/wp-content/uploads/2025/11/Captura-de-pantalla-1112-1-1024x473.jpg 1024w, https://mundoacr.com/wp-content/uploads/2025/11/Captura-de-pantalla-1112-1-300x139.jpg 300w, https://mundoacr.com/wp-content/uploads/2025/11/Captura-de-pantalla-1112-1-768x355.jpg 768w, https://mundoacr.com/wp-content/uploads/2025/11/Captura-de-pantalla-1112-1.jpg 1366w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /></figure>
</div>


<h3 class="wp-block-heading"><strong>Marco Legal: ¿Podemos analizar y cuestionar al IPLEX?</strong></h3>



<p>Sí. La <strong>libertad de crítica hacia figuras públicas e instituciones</strong> está protegida por:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Artículo 28 de la Constitución Política</strong>: garantiza la libertad de pensamiento y la posibilidad de examinar la conducta de los funcionarios públicos y entidades de interés público.</li>



<li><strong>Artículo 29 de la Constitución</strong>: protege la libertad de expresión, incluyendo análisis, críticas y cuestionamientos basados en hechos verificables.</li>



<li><strong>Opinión Consultiva OC-5/85 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos</strong>, que indica que las instituciones que intervienen en el debate democrático <em>deben tolerar un mayor grado de escrutinio público</em>.</li>



<li><strong>Artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos</strong>: ampara el derecho a investigar, difundir y analizar asuntos de interés público.</li>
</ul>



<p>Con esto claro: <strong>sí podemos evaluar las afirmaciones del IPLEX</strong>, siempre desde hechos y sin imputarles intenciones.</p>



<h1 class="wp-block-heading">¿El IPLEX afirma que la subasta es un “golpe a la libertad de expresión”? Sí.</h1>



<p>¿Eso es jurídicamente cierto? No necesariamente. Analicemos. El IPLEX argumenta que la subasta:</p>



<p><strong>Concentra poder en operadores grandes</strong>, <strong>Excluye a medios pequeños</strong>, <strong>Reduce el pluralismo</strong>. <strong>Deja comunidades sin acceso</strong>. Suena fuerte. Es un mensaje emocionalmente poderoso.<br>Pero <strong>hay partes que no están completas</strong>, y eso importa para entender el panorama real.</p>



<p><strong>EL PUNTO CENTRAL: EL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO NO ES DE LOS MEDIOS, ES DEL ESTADO COSTARRICENSE</strong></p>



<p>Esto no lo dijo el IPLEX. Pero es lo primero que debía decir. El <strong>espectro radioeléctrico es un bien público de dominio del Estado</strong>, según:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li><strong>Ley General de Telecomunicaciones (N.º 8642)</strong></li>



<li><strong>Artículo 121 inciso 14 de la Constitución</strong></li>
</ul>



<p>Las frecuencias <strong>no son propiedad privada</strong>.<br>Son <strong>concesiones temporales</strong>, igual que una ruta de autobuses o una concesión minera.</p>



<p><strong>No se puede exigir conservar algo que nunca fue propio.</strong><br>Y tampoco se puede llamar “golpe a la libertad de expresión” a un proceso regular de renovación del uso de un bien estatal.</p>



<p><strong>¿La subasta elimina medios pequeños?</strong></p>



<p>Eso no es estrictamente cierto. El IPLEX asegura que: “Los requisitos económicos expulsan a los medios pequeños.” Pero hay hechos que contextualizan:</p>



<p> <strong>Las frecuencias siempre han tenido requisitos económicos y técnicos.</strong><br>Antes eran canones simbólicos y contratos <em>renovados automáticamente</em> durante décadas.</p>



<p> <strong>Quien usa un bien público debe pagar un precio que refleje su valor real</strong>, igual que cualquier concesión.</p>



<p><strong>Queda abierta la posibilidad de funcionamiento digital</strong>, lo cual no elimina la libertad de expresión ni el acceso de las comunidades, aunque sí cambia el formato.</p>



<p><strong>Eso no elimina voces: las transforma de analógicas a digitales.</strong></p>



<p>Hoy cualquier emisora puede seguir:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>en streaming,</li>



<li>en apps,</li>



<li>en redes sociales,</li>



<li>en plataformas abiertas.</li>
</ul>



<p>La libertad de expresión <strong>no depende de una frecuencia analógica</strong>, sino de acceso a canales de difusión, que hoy sobran.</p>



<p><strong>¿Las radioemisoras “cerraron” por la subasta?</strong></p>



<p>Tampoco es exacto. Varias emisoras anunciaron que <strong>no participarán</strong>, lo cual es una <strong>decisión empresarial</strong>, no una orden estatal. Nadie las está cerrando. No se les revocó una licencia por contenido. No se aplicó censura previa. Decidieron no competir porque no están dispuestas a pagar lo que vale la concesión. </p>



<p>Eso es un <strong>acto económico</strong>, no político.</p>



<p><strong>Narrativa de victimización: ¿por qué aparece?</strong>.</p>



<p>Porque funciona. Las frases:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>“Golpe a la libertad de expresión”</li>



<li>“Dejarán a familias sin trabajo”</li>



<li>“Se empobrece la democracia”</li>



<li>“El gobierno calla voces”</li>



<li>“Es un golpe a la ciudadanía rural”</li>
</ul>



<p>Son frases diseñadas para <strong>generar alarma emocional</strong>, no para explicar procesos técnicos de telecomunicaciones. Esto no significa que el IPLEX actúe de mala fe. Significa que <strong>está enfatizando solo un lado de la historia</strong>. Y el deber de un medio es mostrar <em>todos</em>.</p>



<p><strong>Comentarios del público: también se desmontan con hechos</strong></p>



<p>Muchos usuarios opinan:</p>



<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
<p>“Golpe a la democracia”.</p>
</blockquote>



<p>→ <strong>No hay golpe democrático si no hay censura previa, persecución de contenido ni cierre forzoso.</strong><br>Una subasta pública no es censura.</p>



<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
<p>“La gente se alegran, van a quedar sin trabajo”.</p>
</blockquote>



<p>→ Los empleos dependen del modelo de negocio, no de la existencia o ausencia de una frecuencia analógica.</p>



<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
<p>“Sin emisoras no hay libertad de expresión”.</p>
</blockquote>



<p>→ La libertad de expresión existe con o sin FM.<br>La radio analógica es un canal, no el derecho mismo.</p>



<blockquote class="wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow">
<p>“Las comunidades rurales quedarán silenciadas”.</p>
</blockquote>



<p>→ Las zonas rurales tienen problemas de conectividad desde hace 25 años, no por la subasta.<br>Ese es un debate aparte y legítimo. Pero <strong>no lo provoca este proceso</strong>.</p>



<p><strong>¿Qué sí es válido señalar?</strong></p>



<p>Aquí es donde MUNDO ACR brilla, porque no se casa con nadie:</p>



<p>Es válido cuestionar si los precios son proporcionales.<br>Es legítimo preguntarse si se garantiza acceso en zonas rurales.<br>Es correcto analizar si el proceso debe ser más gradual.</p>



<p>Eso <strong>sí</strong> pertenece al debate democrático. Pero convertir una subasta en “golpe a la libertad de expresión” va mucho más allá de lo demostrado.</p>



<p>Ni demonio ni salvación. Es un proceso técnico que algunos están narrando como tragedia. El espectro es un bien público y debe administrarse como tal. Los medios pueden cuestionar, y el IPLEX puede opinar.<br>Pero la ciudadanía merece información completa, no solo emocional. En MUNDO ACR explica.<br>No hace campaña. No defiende gobiernos. No defiende corporaciones.</p>



<p><strong>Defiende el derecho de la gente a entender lo que realmente está pasando.</strong></p>
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		<item>
		<title>¿Peligra licitación de radio y tv en CR? Explicamos la situación real</title>
		<link>https://mundoacr.com/peligra-licitacion-de-radio-y-tv-en-cr-explicamos-la-situacion-real/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 21 Nov 2025 22:58:42 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Nacionales]]></category>
		<category><![CDATA[Canartel]]></category>
		<category><![CDATA[Costa Rica]]></category>
		<category><![CDATA[Licitación]]></category>
		<category><![CDATA[Radio]]></category>
		<category><![CDATA[Rodrigo Chaves]]></category>
		<category><![CDATA[Sutel]]></category>
		<category><![CDATA[Televisión]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La disputa por las frecuencias de radio y televisión en Costa Rica ha entrado en un nuevo capítulo. La Cámara Nacional de Radiodifusión (CANARTEL) presentó una medida cautelar ante el Tribunal Contencioso Administrativo para intentar frenar la licitación pública del espectro, impulsada por SUTEL y el Poder Ejecutivo. La solicitud busca suspender los efectos de...</p>
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<p>La disputa por las frecuencias de radio y televisión en Costa Rica ha entrado en un nuevo capítulo. La Cámara Nacional de Radiodifusión (CANARTEL) presentó una medida cautelar ante el Tribunal Contencioso Administrativo para intentar frenar la licitación pública del espectro, impulsada por SUTEL y el Poder Ejecutivo. La solicitud busca suspender los efectos de los actos que rechazaron prórrogas de concesiones y detener la apertura del concurso prevista para noviembre de 2025.</p>



<h3 class="wp-block-heading">¿Qué reclama CANARTEL?</h3>



<p>Según la Cámara, el Ejecutivo habría incluido en la licitación frecuencias que actualmente están concesionadas, sin considerar los informes técnicos de SUTEL, lo que podría afectar derechos adquiridos y la continuidad del servicio de radiodifusión. CANARTEL argumenta que:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>El rechazo de prórrogas no contiene un análisis técnico adecuado.</li>



<li>SUTEL cumplió con los plazos y elaboró los informes requeridos, por lo que la supuesta irregularidad viene del Ejecutivo.</li>



<li>Abrir la licitación sin resolver los expedientes previos genera incertidumbre jurídica y puede afectar derechos adquiridos de concesionarios.</li>
</ul>



<p>La medida cautelar solicita que el Tribunal ordene suspender los efectos de los acuerdos que rechazaron prórrogas, detener el avance del proceso de licitación y garantizar que los concesionarios actuales puedan seguir operando hasta que exista una decisión firme.</p>



<p>El conflicto sobre el uso del espectro radioeléctrico en Costa Rica no es nuevo. En las últimas décadas se han registrado más de 130 procesos administrativos y judiciales relacionados con concesiones, prórrogas y derechos sobre frecuencias. En la mayoría de estos casos, los tribunales han fallado a favor del Estado, consolidando la idea de que el espectro es un <strong>bien regulado por el Estado</strong> y que este tiene potestad para modernizar, reasignar o revisar concesiones.</p>



<p>La Ley de Radio 1758 establece que las concesiones son por plazo limitado, y las prórrogas proceden cuando se cumplen los requisitos legales. El Reglamento de Radiocomunicaciones de 2004 reconoce el rol técnico de SUTEL en la evaluación de las solicitudes de prórroga y establece los procedimientos para vencimientos. CANARTEL sostiene que los acuerdos del Ejecutivo no respetaron estos criterios técnicos.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Por qué la licitación sigue en marcha</h3>



<p>SUTEL y MICITT han señalado que la licitación es necesaria para:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Actualizar el ordenamiento del espectro.</li>



<li>Garantizar competencia transparente.</li>



<li>Cumplir obligaciones de eficiencia en el uso de las frecuencias.</li>



<li>Procesar solicitudes de prórroga sin que esto detenga el concurso.</li>
</ul>



<p>La apertura del concurso está programada para el 21 de noviembre de 2025 según los avisos publicados en SICOP.</p>



<h3 class="wp-block-heading">Qué puede pasar ahora</h3>



<ul class="wp-block-list">
<li>Si el Tribunal acoge la medida cautelar, la licitación quedaría suspendida temporalmente.</li>



<li>Si la rechaza, el proceso continuará según lo planificado.</li>



<li>Si ordena una solución intermedia, algunas frecuencias podrían excluirse mientras se estudia el fondo del caso.</li>
</ul>



<h3 class="wp-block-heading">Cómo algunos medios presentan la noticia</h3>



<p>Algunos medios tradicionales han cubierto este caso usando un lenguaje técnico y alarmista, con palabras como<a href="https://elmundo.cr/costa-rica/peligra-la-licitacion-de-radio-y-tv-la-ultima-accion-judicial-que-sacude-el-proceso/?fbclid=IwY2xjawOLKH1leHRuA2FlbQIxMQBzcnRjBmFwcF9pZAwzNTA2ODU1MzE3MjgAAR5xNKiDW0g57pSTXFQUfXHREfAGKtzAyKpJb89ykdj0FpbIOz70ocKgx_QRFA_aem_V5Sc8pJHOkklDpJVPU4_LA#google_vignette"> “sacude” o “peligra”</a>, generando la sensación de caos. Este enfoque puede <strong>confundir al público</strong>, aunque en la práctica la acción judicial forma parte de los procedimientos normales del sistema regulatorio.</p>



<p><strong>Un periodismo responsable debe explicar: qué es la licitación, quién decide, qué papel tiene SUTEL y qué significa para la población, en un lenguaje claro, accesible y sin alarmismo innecesario.</strong></p>



<p>La medida cautelar de CANARTEL introduce incertidumbre temporal, pero no determina automáticamente el resultado de la licitación. La decisión final dependerá del Tribunal Contencioso Administrativo. Mientras tanto, el proceso sigue siendo un instrumento del Estado para garantizar un uso eficiente y transparente del espectro radioeléctrico, con base en normas vigentes y procedimientos técnicos.</p>
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