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	<title>Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) Archives - MUNDO ACR</title>
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	<title>Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) Archives - MUNDO ACR</title>
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		<title>Cuando la institucionalidad se convierte en arma:</title>
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		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 30 Oct 2025 18:23:42 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[<p>Anatomía de un desafuero inconstitucional. El caso del presidente Chaves revela cómo procedimientos legítimos pueden distorsionarse para subvertir el orden democrático que pretenden proteger. Costa Rica enfrenta hoy una paradoja peligrosa. Instituciones democráticas están utilizandomecanismos constitucionales de manera profundamente inconstitucional. El segundo intento de desafuero contra el presidente Rodrigo Chaves en menos de un mes...</p>
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<h2 class="wp-block-heading">Anatomía de un desafuero inconstitucional.</h2>



<figure class="wp-block-image size-large is-resized"><img fetchpriority="high" decoding="async" width="1024" height="1024" src="https://mundoacr.com/wp-content/uploads/2025/09/Diseno-sin-titulo-1024x1024.jpg" alt="" class="wp-image-5495" style="width:140px;height:auto" srcset="https://mundoacr.com/wp-content/uploads/2025/09/Diseno-sin-titulo-1024x1024.jpg 1024w, https://mundoacr.com/wp-content/uploads/2025/09/Diseno-sin-titulo-300x300.jpg 300w, https://mundoacr.com/wp-content/uploads/2025/09/Diseno-sin-titulo-150x150.jpg 150w, https://mundoacr.com/wp-content/uploads/2025/09/Diseno-sin-titulo-768x768.jpg 768w, https://mundoacr.com/wp-content/uploads/2025/09/Diseno-sin-titulo-120x120.jpg 120w, https://mundoacr.com/wp-content/uploads/2025/09/Diseno-sin-titulo-109x109.jpg 109w, https://mundoacr.com/wp-content/uploads/2025/09/Diseno-sin-titulo-80x80.jpg 80w, https://mundoacr.com/wp-content/uploads/2025/09/Diseno-sin-titulo.jpg 1080w" sizes="(max-width: 1024px) 100vw, 1024px" /><figcaption class="wp-element-caption">Por M.Sc. Milton Madriz Cedeño<br>Politólogo y experto en gobernanza y función pública.</figcaption></figure>



<h2 class="wp-block-heading">El caso del presidente Chaves revela cómo procedimientos legítimos pueden distorsionarse para subvertir el orden democrático que pretenden proteger.</h2>



<p class="wp-block-paragraph">Costa Rica enfrenta hoy una paradoja peligrosa. Instituciones democráticas están utilizando<br>mecanismos constitucionales de manera profundamente inconstitucional. </p>



<p class="wp-block-paragraph">El segundo intento de desafuero contra el presidente Rodrigo Chaves en menos de un mes no es<br>simplemente un episodio más de confrontación política, sino la manifestación descarnada<br>de lo que los juristas internacionales han denominado &#8220;lawfare&#8221;. Se trata de la instrumentalización del derecho como arma política para lograr por vía judicial lo que no se puede obtener en las urnas. </p>



<p class="wp-block-paragraph">El siete de octubre de 2025, el Tribunal Supremo de Elecciones remitió a la Asamblea Legislativa una solicitud de &#8220;levantamiento de inmunidad presidencial&#8221; por presunta beligerancia política. Hasta aquí, nada extraordinario. El TSE tiene efectivamente competencia constitucional para investigar infracciones electorales. El problema surge cuando se observa con detenimiento lo que realmente está ocurriendo. Un procedimiento administrativo-electoral está siendo tramitado como si fuera un desafuero penal,<br>violentando de manera flagrante el artículo 121, inciso 9, de nuestra Constitución Política.<br>Permítanme ser brutalmente claro sobre la irregularidad jurídica que estamos presenciando.<br>La Constitución establece con meridiana claridad que el desafuero presidencial procede<br>únicamente mediante acusación formal del Ministerio Público por la comisión de delitos penales tipificados en el Código Penal. La norma no es ambigua ni admite interpretaciones creativas. Debe existir una acusación penal, conocida previamente por la Corte Suprema de Justicia, que culmine en el juzgamiento del funcionario por tribunales penales. Sin estos requisitos concurrentes e ineludibles, la Asamblea Legislativa carece absolutamente de competencia material para tramitar desafuero alguno.<br>Pero veamos qué tenemos en este caso tan peculiar. Una solicitud que proviene del TSE (no<br>del Ministerio Público), fundada en beligerancia política (una falta administrativa-electoral, definitivamente no un delito penal), sin conocimiento previo de la Sala Tercera, y cuyo procedimiento natural debe tramitarse ante el propio Tribunal Electoral mediante un cauce administrativo perfectamente establecido en los artículos 269 y 270 del Código Electoral.<br>El propio Director General de Estrategia del TSE, Gustavo Román, lo confirmó sin<br>ambigüedades: la beligerancia no es un delito, sino un ilícito que se comete contra lo<br>establecido en el artículo 95, inciso 3, de la Constitución Política.<br>Aquí emerge la pregunta incómoda que nadie en el Plenario parece querer responder. Si la beligerancia no es delito penal, si no existe acusación del Ministerio Público, si el procedimiento natural es administrativo-electoral ante el TSE, ¿con qué autoridad constitucional la Asamblea Legislativa activa el mecanismo de desafuero reservado exclusivamente para causas penales? La respuesta jurídica es brutal en su simplicidad. </p>



<p class="wp-block-paragraph">Con ninguna. La tramitación del Expediente Legislativo número 25.230 está viciada de<br>nulidad absoluta desde su mismo origen por incompetencia material manifiesta.<br>Pero la irregularidad constitucional es apenas el primer acto de esta ópera política. El caso<br>revela conflictos de interés estructurales que harían sonrojar a cualquier Estado que se<br>precie de respetar el debido proceso. Tres diputados que presentaron denuncias ante el TSE<br>contra el presidente Chaves votarán en el Plenario sobre el levantamiento de inmunidad<br>para procesar las denuncias que ellos mismos presentaron. Antonio Ortega del Frente<br>Amplio, Luis Fernando Mendoza del PLN y Johana Obando serán simultáneamente<br>acusadores y juzgadores. Este es el ejemplo que cualquier estudiante de primer año de<br>derecho reconocería como ser juez y parte, prohibido expresamente por el derecho procesal<br>costarricense y los estándares interamericanos de imparcialidad objetiva.<br>La situación se torna aún más grotesca cuando examinamos la composición de la Comisión<br>Especial Ad Hoc que dictaminará sobre el desafuero. Alejandra Larios del PLN es<br>correligionaria del denunciante Mendoza. Rocío Alfaro del Frente Amplio trabajó<br>estrechamente con el denunciante Ortega en la dirigencia partidaria. La apariencia de<br>imparcialidad no es un lujo procesal sino un requisito constitucional. Como estableció la<br>Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Piersack versus Bélgica, la justicia<br>no solo debe hacerse, sino también verse que se hace. En este caso, lo que se ve es un<br>tribunal político juzgando denuncias presentadas por sus propios correligionarios, por<br>favor!. Este enredo jurídico-institucional no es producto de la torpeza ni del desconocimiento.<br>Sería reconfortante pensar que estamos ante un error técnico subsanable, pero la realidad es<br>más inquietante. Estamos presenciando el resultado de una estrategia deliberada que<br>caracteriza al lawfare contemporáneo. Se utiliza la arquitectura legal del Estado de Derecho<br>para subvertir precisamente ese orden que se dice defender. Cuando las mayorías<br>legislativas coyunturales descubren que pueden torcer procedimientos constitucionales para<br>neutralizar adversarios políticos, la democracia no muere en la oscuridad de un cuartel.<br>Perece bajo las luces del Plenario parlamentario, con transmisión en vivo y acta notarial.<br>El constitucionalista Fabián Volio lo expresó con la contundencia que el momento exige.<br>La remoción del fuero solo es para causas penales, entonces esta solicitud del TSE es<br>absolutamente inconstitucional. No es una opinión política sino un dictamen jurídico<br>fundado en la interpretación literal del texto constitucional. El artículo 142 del Código<br>Electoral menciona un &#8220;delito de beligerancia política&#8221; que sencillamente no existe en<br>ningún cuerpo normativo costarricense. Pretender sancionar penalmente una conducta que<br>la ley no tipifica como delito viola el principio fundamental de legalidad penal. Nullum<br>crimen sine lege. No hay delito sin ley previa que lo establezca.<br>La gravedad institucional trasciende el caso particular y la persona del presidente Chaves.<br>Si la Asamblea Legislativa consuma este desafuero inconstitucional, establecerá un<br>precedente letal para nuestra democracia. Quedará sentado que procedimientos<br>administrativos pueden tramitarse como desafueros penales mediante interpretaciones<br>extensivas que desbordan los límites expresos de la Constitución. </p>



<p class="wp-block-paragraph">Mañana será otro presidente, de otro signo político, enfrentando el mismo abuso de poder parlamentario. El Estado de Derecho no se destruye de un golpe. Se erosiona gradualmente mediante la<br>violación sistemática de sus principios fundacionales.<br>Defender la institucionalidad no significa defender a quien ocupa transitoriamente el cargo<br>presidencial. Significa defender las reglas del juego democrático que nos obligan a todos<br>por igual. Oficialistas y opositores, simpatizantes y críticos, todos estamos sometidos a las<br>mismas normas constitucionales. Cuando las instituciones se convierten en armas<br>arrojadizas de la confrontación política, todos perdemos. La democracia costarricense,<br>construida pacientemente durante 76 años bajo la Constitución de 1949, no merece ser<br>sacrificada en el altar de los cálculos electorales de corto plazo.<br>La Sala Constitucional, guardiana última de nuestro orden constitucional, tendrá objetiva e<br>inevitablemente que pronunciarse sobre esta crisis institucional. Mientras tanto,<br>corresponde a la ciudadanía, a los académicos, a los juristas y a quienes creemos en el<br>Estado de Derecho alzar la voz con claridad. Lo que estamos presenciando no es defensa de<br>la democracia. Es su subversión elegante, su perversión sofisticada. El lawfare no se<br>combate con más lawfare, sino con apego irrestricto a la Constitución y rechazo categórico<br>a la instrumentalización política del derecho.<br>La historia juzgará severamente a quienes, advertidos de la ilegalidad manifiesta de sus<br>actos, persistan en un curso de acción que erosiona la separación de poderes y compromete<br>la estabilidad democrática de Costa Rica. Aún están a tiempo de detener este despropósito<br>constitucional. La prudencia institucional no es debilidad política. Es la virtud suprema que<br>distingue a los estadistas de los oportunistas, a quienes construyen instituciones de quienes<br>las instrumentalizan para beneficio propio.</p>



<p class="wp-block-paragraph"><strong>El autor es politólogo, académico universitario y ex Director de Desarrollo Estratégico Institucional de la Asamblea Legislativa de Costa Rica.</strong></p>



<p class="wp-block-paragraph">✍️ Crítica por Aníbal Newman</p>



<p class="wp-block-paragraph">Nota del editor:</p>



<p class="wp-block-paragraph">Las opiniones expresadas en esta sección son responsabilidad exclusiva de su autor y no representan necesariamente la posición editorial de MUNDO ACR.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Los textos publicados en Voces de Opinión reflejan la diversidad de perspectivas y el ejercicio del pensamiento crítico dentro del marco del respeto democrático.</p>
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		<title>Defensoría busca, según juventud para fortalecer la democracia.</title>
		<link>https://mundoacr.com/defensoria-busca-segun-juventud-para-fortalecer-la-democracia/</link>
		
		<dc:creator><![CDATA[admin]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 04 Sep 2025 19:19:02 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Nacionales]]></category>
		<category><![CDATA[abstencionismo electoral]]></category>
		<category><![CDATA[democracia Costa Rica]]></category>
		<category><![CDATA[derecho al voto.]]></category>
		<category><![CDATA[participación juvenil]]></category>
		<category><![CDATA[Tribunal Supremo de Elecciones (TSE)]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Con el objetivo de fomentar la participación ciudadana y combatir el abstencionismo juvenil, la Defensoría de los Habitantes ha lanzado su nuevo Programa de Observación Electoral 2025-2026. Esta iniciativa busca reclutar a personas jóvenes para que actúen como observadores en los próximos comicios y, al mismo tiempo, defiendan el derecho al voto de las poblaciones...</p>
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<p class="wp-block-paragraph">Con el objetivo de fomentar la participación ciudadana y combatir el abstencionismo juvenil, la <strong>Defensoría de los Habitantes</strong> ha lanzado su nuevo <strong>Programa de Observación Electoral 2025-2026</strong>. Esta iniciativa busca reclutar a personas jóvenes para que actúen como observadores en los próximos comicios y, al mismo tiempo, defiendan el derecho al voto de las poblaciones más vulnerables del país.</p>



<p class="wp-block-paragraph">El programa responde a una preocupación destacada por la Defensoría: la baja participación de los jóvenes en la política. Según datos del Tribunal Supremo de Elecciones (<strong>TSE</strong>), el 42,6% del abstencionismo en las últimas elecciones nacionales correspondió a personas entre 18 y 35 años. La nueva estrategia busca revertir esta tendencia y consolidar un proceso de observación institucional.</p>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<h3 class="wp-block-heading">Requisitos y capacitación para los observadores</h3>



<p class="wp-block-paragraph">El Programa de Observación Electoral tiene como meta asegurar el sufragio efectivo e informado, especialmente en comunidades marginadas o de difícil acceso. Las personas que se postulen trabajarán con grupos como:</p>



<ul class="wp-block-list">
<li>Personas adultas mayores en centros de larga estancia.</li>



<li>Personas con discapacidad.</li>



<li>Población privada de libertad.</li>



<li>Personas hospitalizadas.</li>



<li>Comunidades indígenas.</li>
</ul>



<p class="wp-block-paragraph">Los requisitos para inscribirse son sencillos: tener entre 18 y 35 años, estar empadronado para las próximas elecciones, no tener militancia política activa y contar con un teléfono celular con acceso a datos. Los seleccionados recibirán un plan de capacitación integral sobre temas como la democracia, el sufragio, los derechos humanos y la observación electoral. Además, serán acreditados formalmente por el <strong>Tribunal Supremo de Elecciones (TSE)</strong>.</p>



<hr class="wp-block-separator has-alpha-channel-opacity"/>



<h3 class="wp-block-heading">Una iniciativa con apoyo estratégico</h3>



<p class="wp-block-paragraph">El proyecto cuenta con el respaldo de aliados clave, como la <strong>Organización de Estados Americanos (OEA)</strong>, la Asamblea Legislativa, la Asociación de Guías y Scouts de Costa Rica, la Universidad Nacional y la Asamblea Nacional de la Persona Joven (<strong>ANPJ</strong>). El apoyo de estas organizaciones fortalece la visión de un programa que busca ser un referente para futuros procesos democráticos.</p>



<p class="wp-block-paragraph">La Defensoría de los Habitantes hace un llamado a la juventud costarricense a ser parte activa de la historia democrática del país. El lema del programa es &#8220;Nuestra Democracia más VIVA que nunca&#8221;, lo que subraya su compromiso con la vitalidad y el futuro del sistema electoral.</p>



<p class="wp-block-paragraph">Las inscripciones estarán disponibles a través del siguiente formulario:<br><a href="https://forms.gle/XDXNc6pFv8jhEQcs8">https://forms.gle/XDXNc6pFv8jhEQcs8</a></p>
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