TSE: Encuestas 2026: Siguen cambiando las Reglas del Juego.
El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) de Costa Rica ha implementado un estricto aumento en la fiscalización de las encuestas de intención de voto para las próximas elecciones de 2026. La medida exige mayor transparencia y detalles metodológicos a las empresas dedicadas a los estudios de opinión.
Una serie de reformas al reglamento sobre la inscripción de encuestas y sondeos, publicadas en septiembre pasado, obliga a las encuestadoras a identificar el origen del financiamiento y a desglosar con precisión cómo se ejecutaron los estudios. El incumplimiento de estas normas podría llevar a la suspensión inmediata de su registro para la campaña.
Controles Reforzados y el Origen del Dinero
Las modificaciones al Artículo 7 endurecen significativamente las responsabilidades de las empresas. Anteriormente, solo se exigía remitir la ficha técnica de los estudios que se hacían públicos durante la campaña.
Con los nuevos requisitos, las reglas se extienden a todos los estudios:
- La ficha técnica debe ser remitida al TSE un día después de que el estudio finalice, sin importar si la encuestadora decide divulgar los resultados o no.
- Se exige un conjunto de requisitos técnicos mucho más amplios que antes (tipo de muestreo, tasas de rechazo y respuesta, entre otros).
- Es obligatorio identificar claramente a quiénes financian el estudio, si son personas físicas o jurídicas (para conocer quién pagó el estudio de opinión).
El reglamento ahora establece una diferencia explícita entre encuestas probabilísticas y sondeos (estudios con selección de muestra no aleatoria). Para los sondeos, será una obligación incluir una advertencia de que sus resultados no pueden ser generalizados a la población.
Nuevas Sanciones y Rigor Estadístico
El Tribunal ha creado mecanismos para asegurar el rigor de la información.
- Se requiere una declaración jurada de un profesional en estadística. Dicho experto debe certificar que la supervisión del trabajo de campo, el procesamiento y la calidad de los resultados se realizó correctamente.
- La suspensión cautelar del registro será la sanción directa si se incumplen las obligaciones documentales.
El nuevo Artículo 7 bis impone la obligación de conservar información interna clave. Esto incluye la base de datos digital, los cuestionarios, la lista de encuestadores y hasta el nombre del programa de software utilizado para el análisis. Esta información debe estar disponible para el TSE si se requiere por alguna denuncia.
Finalmente, las modificaciones al Artículo 3 incrementan los requisitos para la inscripción ante el Tribunal, exigiendo a las empresas presentar un plan de trabajo detallado de todas las encuestas previstas para la campaña y la posible segunda ronda presidencial.

