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Cambios en Incapacidades y Licencias en la CCSS

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Desde el 1° de noviembre, la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) implementó una reforma en su reglamento de Seguro de Salud que modifica el cálculo para el pago de incapacidades y licencias especiales. Esta reforma afecta directamente a nueve artículos del reglamento, con el objetivo de hacer más justo y preciso el cálculo del subsidio por incapacidad y agilizar los trámites operativos para patronos y asegurados en Costa Rica.

Gustavo Picado Chacón, gerente financiero de la CCSS, explicó que, a partir de esta reforma, el cálculo del subsidio por incapacidad se basará en el promedio de los últimos 12 salarios reportados, lo cual elimina la variabilidad en los pagos de subsidios que anteriormente consideraban solo los ingresos de los últimos tres meses. Este cambio se diseñó para brindar estabilidad y precisión a los trabajadores que reportan variaciones salariales significativas, especialmente en sectores donde los ingresos pueden variar debido a pagos retroactivos o trabajos extraordinarios, como el caso del personal médico de la CCSS.

Además, este nuevo cálculo simplifica la carga operativa en las oficinas de recursos humanos de las áreas de salud y otras instituciones, ya que se eliminan los certificados salariales adicionales que debían solicitarse para justificar los salarios altos de meses anteriores. De esta manera, el sistema institucional ajustado promete mejorar la eficiencia, permitiendo el pago de subsidios en un plazo no mayor a 10 días hábiles.

Nuevo Derecho de Licencia de Paternidad

Otro cambio importante en el reglamento de la CCSS es la homologación del derecho a la licencia de paternidad. Esta modificación se adapta a las recientes reformas del Código de Trabajo, específicamente en su artículo 95, que permite al padre biológico disfrutar de una licencia remunerada posparto en caso de fallecimiento de la madre durante el parto o en los tres meses posteriores a este. Esta licencia es independiente de que la madre tuviera derecho o no a la licencia por maternidad, lo que asegura el bienestar del menor en situaciones familiares críticas.

Detalles y Aprobación de la Reforma

La modificación de los artículos 10, 35, 36, 38, 39, 40, 42, 43 y 46 del reglamento fue presentada a consulta pública en el Diario Oficial La Gaceta el 12 de julio del 2024. Tras no recibir observaciones, fue aprobada el 12 de septiembre por la Junta Directiva de la CCSS. Estos cambios representan un avance significativo en la simplificación administrativa y en la equidad de los beneficios para los asegurados, contribuyendo a una mejor experiencia para los usuarios y los patronos del sistema de seguridad social en Costa Rica.

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