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México: Aprueban sanciones contra las “terapias de conversión sexual”.

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Según en un avance crucial para los derechos de la comunidad LGBTQ+, el Senado de México aprobó este viernes reformas al Código Penal y la Ley General de Salud que prohíben y sancionan las controvertidas “terapias de conversión”.

Estas prácticas pseudocientíficas, que buscan modificar la orientación sexual o la identidad de género de una persona, han sido condenadas por organismos internacionales como la Organización Mundial de la Salud (OMS) por considerarse tortura.

La nueva ley establece penas de entre dos y seis años de prisión, así como multas de hasta 217.000 pesos (más de 12.600 dólares), para quienes apliquen, obliguen o financien este tipo de terapias. Las penas se agravan en caso de que las víctimas sean menores de edad, personas con discapacidad o adultos mayores. Además, se contempla la destitución e inhabilitación para quienes las promuevan desde cargos públicos.

La histórica votación se aprobó con 77 votos a favor, sin embargo, contó con la oposición del Partido Acción Nacional (PAN), cuyos miembros votaron en contra o se abstuvieron. A pesar de esta resistencia, la iniciativa logró el apoyo mayoritario necesario para convertirse en ley.

Este hito marca un paso fundamental en la lucha por la igualdad y la no discriminación en México, al reconocer y proteger los derechos de las personas LGBTQ+ frente a prácticas nocivas que atentan contra su dignidad e integridad física y mental.

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